La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró aplicable el beneficio del cómputo del 2×1 para el caso de un condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en el Hospital Posadas, en Buenos Aires.
La decisión de la mayoría constituida por los ministros Elena Highton, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz sostuvo que el beneficio de la ley penal más benigna resulta extensivo y se aplica ‘siempre‘ a todos los delitos, sin distinción alguna.

Con este argumento, declaró aplicable al caso del represor condenado Luis Muiña la Ley 24.390 (conocida como 2×1), que estuvo vigente entre 1994 y 2001, cuando fue derogada, y que computa dos años por cada uno efectivamente preso a partir de los dos años de prisión preventiva.

En disidencia, votaron los jueces Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte, y Juan Maqueda. El fallo de la Corte fue dictado en el caso de Muiña, en la causa ‘Bignone, Benito y otro‘, por crímenes de lesa humanidad cometidos en el Hospital Posadas, en el partido bonaerense de Morón.

Condenado a 13 años de prisión, Muiña es señalado como un torturador civil que fue custodio del Posadas. Durante la dictadura, integró la patota parapolicial que se conformó bajo el nombre de ‘Swat‘, integrada por una decena de personas y que operó dentro del Posadas, donde utilizó el centro clandestino de detención conocido como ‘El Chalet‘.

La sentencia condenatoria de 2011 quedó firme el 21 de agosto de 2013. En setiembre de 2013, el Tribunal de primera instancia aplicó al caso el 2×1 y estableció por ese cómputo que la condena estaría cumplida el 11 de noviembre de 2016, pero esa resolución fue anulada por la Cámara Federal de Casación Penal, que consideró que el beneficio era ‘inaplicable’ al caso, en fallo recurrido ante la Corte.

A Muiña se lo encontró culpable de haber participado de la operación ilegal realizada el 28 de marzo de 1976 en la que fueron secuestrados cinco trabajadores del establecimiento asistencial. El expediente señaló que estos delitos derivaron de una operación represiva del 28 de marzo de 1976, que empleó tanques, helicópteros y comandó el general Reynaldo Bignone, que ocupó el Posadas y detuvo ilegalmente a cinco trabajadores del establecimiento asistencial. Estos secuestrados fueron encerrados en ‘El Chalet’, que funcionaba en el predio del hospital y donde los cautivos fueron torturados.

El represor beneficiado ayer se encuentra en libertad condicional, condición que se le otorgó hace un año por haber cumplido dos tercios de su condena. En sentido opuesto al fallo de la Corte, en marzo de 2014 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación había hecho lugar al recurso del fiscal Martín Niklison contra el cómputo de la pena de Bignone y Muiña.

Según Niklison, era inaplicable el 2×1 al caso porque la ley que contempla ese cómputo ‘no se encontraba vigente ni al tiempo de cometerse los hechos objeto del proceso ni durante los períodos temporales dentro de los cuales los procesados cumplieron la detención preventiva‘. En la causa, Bignone y Muiña fueron detenidos el 30 de septiembre de 2007. El fallo se insinúa como un potencial recálculo de todas las condenas por delitos de lesa humanidad, que podrían redundar en rebajas de las penas para los condenados, lo cual podría desatar una ola de reclamos de represores sentenciados.

El voto mayoritario confluyó en la aplicación del principio de “la ley más benigna”, cuando hubiere regido en el “interregno” entre el momento en que se cometió el delito y el del dictado de la sentencia. La presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, definió el fallo como una ‘estafa a la moral social’. Agencias.
 

Las aplicaciones de la norma

El beneficio del 2×1 fue incorporado en la ley 24.390 sancionada en 1994. El artículo 7 de esa norma establecía que, transcurrido el plazo de dos años previsto en la ley, se debía computar doble cada día de prisión preventiva. Es decir, el beneficio era para las personas detenidas sin sentencia firme.

La normativa respondía a compromisos internacionales asumidos por Argentina respecto del cumplimiento del plazo razonable de la prisión preventiva. La ley fue derogada en el 2001, por lo que el beneficio quedó sin efecto. Sin embargo, tal como sucedió ayer, en el caso de las personas que estuvieran en la situación descripta por la norma antes de que ésta sea derogada puede aplicarse el 2×1, debido a que pueden solicitar la aplicación de la ley penal más benigna.

 

‘El Chalet’, las armas y López Rega

El enorme predio del Hospital Posadas fue ocupado por fuerzas militares (Ejército y Fuerza Aérea) y policiales el 28 de marzo de 1976. Treinta de sus empleados fueron secuestrados: por lo menos once de ellos nunca volvieron a aparecer.

Luis Muiña, de 61 años, un represor civil que revistó en ese centro clandestino de detención fue beneficiado con el 2×1. Había sido condenado en 2011 a 13 años de prisión por secuestro y torturas durante su estadía en ese hospital del oeste del Gran Buenos Aires.

Uno de los casos emblemáticos es el de Jacobo Chester, empleado del departamento de estadísticas del centro de salud. Fue secuestrado en su casa por miembros del grupo de tareas que integraba Muiña. Su cadáver apareció flotando frente la Dársena F del puerto de Buenos Aires.

Según describió el juez Daniel Rafecas en el procesamiento, en el Posadas ‘lejos de velarse por la vida y por la integridad física de las personas, se sometió a los cautivos a un régimen de terror‘.
La residencia destinada al director del hospital, conocida como El Chalet fue usada para instalar un centro clandestino de detención. El doctor Julio Rodríguez Otero, entonces a la cabeza de un proceso democratizador del hospital, fue arrestado y torturado allí. Al mando de todo estaba el general Reynaldo Bignone.

Se creó un grupo de choque parapolicial, el ‘Comando de Seguridad Interna‘, del que formaba parte personal no uniformado. Provenían de las patotas del Ministerio de Bienestar Social de López Rega: eran policías exonerados de la fuerza. Luis Muiña integraba ese equipo, conocido como SWAT, por una serie televisiva de moda en aquellos años.

Se paseaba por el enorme predio a bordo de un móvil haciendo ostentación de armas largas y ejecutaba la represión, según divulgaron medios digitales. El coronel médico Julio Esteves, interventor militar, lo había puesto en marcha cuando asumió para proteger el lugar de “subversivos”. Estaban convencidos de que en el hospital funcionaba una posta sanitaria destinada a atender a guerrilleros heridos.