Desde el viernes 17, si un violento es atrapado apenas lesionó a una mujer o ignorando una orden judicial destinada a protegerla irá derecho a Flagrancia, el procedimiento de enjuiciamiento exprés para los autores de delitos que sean detenidos "in fraganti". Si no tuviese antecedentes y es declarado culpable, contará con su primer castigo de manera rápida y quedará a tiro de ir al Penal si reincide. En cambio, si cargara con algún registro condenatorio, su destino será la cárcel.

La incorporación de las figuras delictivas al sistema de Flagrancia, en el marco de situaciones de violencia de género e intrafamiliar, obedece a los cambios que impulsaron la Fiscalía General, la Corte de Justicia, el Gobierno y el Poder Legislativo a través de una ley, la cual ya fue publicada en el Boletín Oficial y comenzó a regir hace dos días. A raíz de la puesta en vigencia, DIARIO DE CUYO consiguió estadísticas de Fiscalía General sobre el mapa de violencia de género e intrafamiliar de los últimos dos años. Además, este medio dialogó con la madre de Brenda Requena, la joven albardonera asesinada y cuyo principal sospechoso es su pareja.

"La medida será una respuesta efectiva contra todos los violentos".
E. QUATTROPANI

Fiscal General

La medida apunta, por un lado, a prevenir, ya que hay registros de casos de hombres que molestan, hostigan, maltratan y atacan a una mujer, pese a la existencia de una orden judicial que establece una prohibición de acercamiento o restricción perimetral. En ese marco, se busca evitar una escalada de violencia que puede terminar con la muerte. Por otro lado, la iniciativa va dirigida a sancionar a los que lastimen a las damas.

El fiscal General, Eduardo Quattropani, resaltó que "los violentos, que la mayoría de las veces son violentos selectivos contra vulnerables, sabrán que quien sea atrapado en Flagrancia desobedeciendo una orden judicial o provocando lesiones a mujeres serán condenados en pocos días". Así, resaltó que encuadrar esos tipos penales en el enjuiciamiento exprés "no es sólo una manera de sentenciar rápidamente, sino que es una muy buena arma para la prevención". El jefe de los fiscales además destacó que dio la instrucción para que los agentes del Ministerio Público no concedan, en estos casos, el régimen de probation, esto es, la suspensión y la extinción del juicio, a cambio de que el acusado cumpla con tareas comunitarias y obedezca ciertas pautas de conductas.

Quattropani remarcó que "esta respuesta es obra de una política clara llevada a cabo por el Ejecutivo, la Corte de Justicia y el Ministerio Público". Y con dureza sentenció: "A estos violentos selectivos les va a venir bien reflexionar cuando en el Penal apaguen las luces y se queden con ellos mismos. En verdad, son sometedores, abusadores y aprovechadores. El mensaje es claro, les espera la cárcel".

En el enjuiciamiento exprés ya estaban contenidas las lesiones graves y gravísimas que provoquen los violentos contra cualquier persona, por lo que ahora se incorporaron las leves, aunque sólo en el marco de violencia de género, al igual que la desobediencia a una orden judicial.

En el sistema jurídico local, los ataques sexuales no se juzgan dentro de Flagrancia, ya que la norma que regula el mecanismo no contempla estos delitos de instancia privada, que son los que debe promover la víctima. Los femicidios tampoco entran al procedimiento exprés, ya que el máximo de la pena (25 años) excede el establecido en Flagrancia. Los abusos sexuales y los femicidios sí son investigados y juzgados con el mecanismo tradicional y luego se incorporarán al nuevo sistema acusatorio.

 

  • RESULTADOS

El procedimiento de Flagrancia debutó el 11 de agosto de 2017 y, a diferencia de la experiencia en otras provincias, ha tenido resultados satisfactorios, ya que ha resuelto las causas en los plazos estipulados en su ley de funcionamiento. Al 8 de enero de este año, por el sistema pasaron 2.568 imputados. De ese total, 627 recibieron una condena efectiva y 863 una de tipo condicional, es decir, en suspenso. También hubo 883 que se vieron beneficiados con el régimen de probation (suspensión del juicio a cambio de realizar tareas comunitarias) y se dieron 14 casos en los que los sospechosos fueron sobreseídos, absueltos o no recibieron una imputación formal. Y de acuerdo al registro, había 26 personas que tenían pendiente su audiencia de presentación y su audiencia de finalización, ya que contaba con pedido de captura. De las 2.568 personas sometidas al proceso, el 59 por ciento fue asistido por defensores públicos mientras que el 41 por ciento restante fue representado por abogados privados.