En un fallo inédito, la Justicia local condenó a la empresa de telefonía celular Claro a desembolsar más de 400.000 pesos a un cliente como castigo por un hecho que, coincidían ayer varias fuentes, le ocurrió a más de uno. El damnificado viajó a Chile y su equipo hizo uso de los datos móviles en el exterior (roaming), un servicio que no había contratado y por el que no recibió notificación de la compañía. Por ese episodio, de regreso en la provincia, la empresa le dio de baja a la conexión a internet del aparato y como el cliente no pagó el consumo excesivo que tuvo su equipo, también le dio de baja a la línea. Según fuentes judiciales, la condena a la compañía por los "daños punitivos", negligencia o mala conducta, es inusual tanto en San Juan como en el resto del país, ya que montos anteriores por dichos concepto no superan los 200 mil pesos.
La resolución fue dictada a fines de junio por el magistrado interino del Séptimo Juzgado Civil, Mariano Juárez, pero se dio a conocer esta semana. Al ser un fallo de primera instancia, la compañía puede apelar a la Cámara.
El juicio comenzó en 2014 y, según consta en el expediente, el cliente viajó al vecino país el 18 de enero, por unos 20 días. Ante esa situación manifestó que navegó por internet pero usando una red Wifi del lugar en el que se hospedaba. Al regresar a la provincia los primeros días de febrero, se dio cuenta de que no podía conectarse con el módem de su equipo, por lo que se dirigió a las oficinas comerciales del microcentro donde la informaron que el 20 de enero le habían cortado el servicio porque tuvo un consumo muy alto. La sorpresa del cliente fue que, con la factura de febrero, constató que por el uso de dos días del roaming internacional, Claro le imputó 4.074,18 pesos, un monto muy superior a los 160 pesos del abono fijo que tenía contratado por el uso del módem inalámbrico, servicio que nunca le fue restituido.
Así, en marzo, el damnificado le envió una carta notarial a la compañía en la que impugnó la factura del mes anterior al sostener que nunca contrató ese sistema. De dicho documento nunca tuvo respuesta. Mientras que en abril, a través de una nota, Claro lo intimó a que hiciera frente a la deuda con la amenaza de reportarlo a Veraz y dos meses después el cliente reiteró la carta notarial, una vez más, sin respuesta. Tras esa situación, la relación entre las partes se agravó ya que, a fines de junio, la compañía le cortó la comunicación telefónica, servicio que tenía contratado y cancelado por separado de la conexión a internet vía módem. Ante la baja, hizo el reclamo en las oficinas locales donde además le negaron la posibilidad de hacer uso de la portabilidad numérica. Por el hecho, inició una demanda civil por 40 mil pesos por daño moral, una suma no inferior a los 500 mil pesos por daños punitivos y 3 mil pesos por emergentes (cartas documentos y los abogados).
En el expediente, la compañía rechazó los planteos manifestando que "el demandante busca eximirse del pago de las obligaciones que asumió" y apuntó que "si llevó el aparato a Chile y no sacó el módem o si no desactivó la función de internet, es su responsabilidad". El juez hizo lugar a la demanda y resolvió que se anulen parcialmente las facturas porque Claro "violó el derecho a la información al no brindar los datos adecuados respecto al roaming". Así, hubo una conducta negligente, mal trato al consumidor y poca predisposición para solucionar el conflicto, indicaron las fuentes. La suma de la condena es de 441.950 pesos más intereses, de los cuales 400 mil son daños punitivos.
Defensa al Consumidor
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Multa millonaria
En 2018, la firma Claro pagó una sanción de 2,7 millones de pesos emitida por Defensa al Consumidor por el deficiente servicio que prestó en Valle Fértil. La demanda fue iniciada por los vecinos.