“Yo sabía que algún día nos tenía que llegar”, dijo ayer Elba Heredia, jefa de familia de un lote hogar de Rawson, que junto a otros 149 grupos familiares de esa comuna, de Caucete, Chimbas Pocito, Rivadavia, Santa Lucía y Jáchal reciben hoy la escritura definitiva de su propiedad. Esos vecinos ingresaron en el programa de “Regularización dominial” que habilitó en Argentina la ley 6.836 hace 8 años y que en la provincia ya ha regularizado lotes habitacionales a otros 550 sanjuaninos de bajos recursos en forma gratuita. La de hoy es la primera entrega del año, la séptima desde que comenzó el programa y la más numerosa de todas. “Venimos haciendo un trabajo permanente, pero aun falta bastante. Hay alrededor de 1.500 personas esperando”, dijo Guillermo Tur, Coordinador General de la Uepredo (Unidad Ejecutora provincial de regularización dominial), un organismo dependiente de Infraestructura, y que trabaja en coordinación con el programa Arraigo y la Escribanía Mayor de Gobierno. Este grupo gubernamental trabaja en conjunto haciendo relevamientos para blanquear una situación irreversible en todo el territorio, que es la de gente sin techo que se fue a vivir hace muchos años a terrenos fiscales provinciales, construyó allí primero un rancho, que con el paso del tiempo dio lugar a una vivienda de material humilde pero con todos los servicios de los planes del Lote Hogar. En la práctica, eran dueños de la vivienda; pero carecían de un papel que los identifique como propietario: la escritura. Es cierto que con ese documento pasan a tener obligaciones legales impositivas (impuesto inmobiliario, tasas), o pueden sacar un crédito en el banco con una garantía. Pero además de esas consecuencias prácticas, el contar con la posesión dominial tiene un significado más profundo y de valor, que es la certeza de los derechos que tienen sobre su lote, donde tienen construida su casa. Un paso clave para inscribirla como bien de familia, con el objeto de proteger al mismo de embargos y ejecuciones, y garantizar el hogar de los descendientes.
Requisitos
Tur explicó que la ley establece la regularización a los ocupantes que acrediten la “posesión pública, pacífica y continua” durante tres años en inmuebles urbanos que tengan como destino principal “la casa habitación única y permanente”.
En ese marco, la norma establece que podrán regularizar su situación la esposa o esposo y sucesores del poseedor originario (que hayan continuado la posesión del inmueble), los que sin ser herederos hubiesen convivido con el poseedor originario (recibiendo trato familiar), los que continuaron con la posesión a través de un acto legítimo (transferencia de boleto o cesiones), y quienes tengan un documento que acredite la posesión pacífica y de buena fe del inmueble. “Vamos a los asentamientos y hacemos el relevamiento por el programa Arraigo, allí se excluyen los lotes ubicados en terrenos nacionales sobre los que no podemos intervenir”, agregó el funcionario. La oficina pública además se encarga de realizar planos e inscribirlos en Planeamiento.
