Por segunda vez, la Corte de Justicia de la provincia declaró la nulidad de un polémico y sospechado fallo de expropiación. En diciembre revocó el de Canal Playas y ayer hizo lo mismo con el del caso Carbajal, el mismo que le costó a la jueza Rosalba Marún de Sobelvio ser denunciada penalmente por la presunción de que cometió irregularidades para favorecer al cuestionado abogado Santiago Graffigna. La sentencia inicial le ordenaba a la provincia pagar cerca de 10 millones de pesos por apenas 2,8 hectáreas en Iglesia, pero no deberá hacer frente a esa escandalosa suma porque el máximo tribunal dispuso que se emita una nueva resolución que se ajuste a cifras razonables.

El caso Carbajal se refiere a tres porciones de terreno que expropió la provincia en Iglesia y desde hace tiempo es motivo de revuelo.

Pasa que es uno de los tantos juicios que están siendo investigados a fondo en la megacausa de las expropiaciones, donde la Justicia intenta determinar si actuó una red de abogados, jueces y funcionarios que se ponían de acuerdo para fijar montos injustificados por los terrenos que compró la provincia para hacer obras públicas.
La causa se tramitó en primera instancia en el juzgado Civil Nº 1 que dirigía Marún de Sobelvio (se jubiló hace poco), quien sentenció que el Estado le tenía que pagar a los expropiados una sideral suma de casi 10 millones de pesos por menos de 3 hectáreas rurales. El Estado apeló y como la Sala III de la Cámara Civil confirmó el fallo, presentó un recurso ante la Corte de Justicia para que revea el caso.

El máximo tribunal dictó la nulidad del fallo de la Sala III y lo hizo por unanimidad. Salió con la firma de Adolfo Caballero, Carlos Balaguer y Juan Carlos Caballero Vidal y el acuerdo del fiscal General, Eduardo Quattropani. Coincidieron en hacer lugar al recurso que elevó la provincia, para que en la sentencia se tengan en cuenta dos leyes que obligan a considerar la pericia de Tribunal de Tasaciones y que el valor fijado por el bien expropiado sea objetivo y real, es decir todo lo contrario a lo que pasó en el juicio en cuestión.

Lo que sucede es que, según advirtió en su momento Fiscalía de Estado, para fijar la indemnización, Marún dejó de lado la pericia del Tribunal de Tasaciones y sólo se guió por la que presentó la parte expropiada, representada una vez más por Graffigna, sospechado de encabezar la asociación ilícita que estafó a la provincia. Además, advirtió que aplicó una indebida doble actualización en el precio de los inmuebles, lo que llevó la cifra a las nubes y lejos de ser razonable, como marca la ley.

Con la resolución de la Corte, el expediente tiene que volver a la Cámara Civil para que se dicte un nuevo fallo en base a lo que dicen las leyes que invocó la provincia y que estaban vigentes al momento de la intervención de la Sala III. En la práctica, significa que el Estado no tendrá que poner los casi 10 millones y que, en todo caso, se deberá hacer cargo de una suma mucho más baja.

El caso Carbajal fue el que puso sobre el tapete a Marún. Los manejos en el juicio motivaron el requerimiento del fiscal Carlos Rodríguez para que sea investigada en la megacausa, lo que derivó en una denuncia ante el Jury y su jubilación para esquivar el proceso. Todo, por maniobres ilegales que convalidó y que fueron clave para inflar el valor de la indemnización.

Por lo tres lotes expropiados, se iniciaron demandas en juzgados distintos, el Nº 1, el Nº 4 y el Nº 7. Curiosamente, los expedientes se perdieron y Graffigna se presentó en el de Marún, los reconstruyó en uno solo y obtuvo la sentencia que después levantó el polvo. El fiscal presume que lo hizo para elegir en qué juzgado litigar, sabiendo que la jueza lo iba a favorecer imponiendo un monto indemnizatorio muy superior al que correspondía. Y a Marún le endilgó no objetar la acumulación de las causas (está prohibido), fallar por los tres inmuebles cuando dos eran de causas de otros organismos y ser “propensa a resolver de acuerdo a los intereses de Graffigna”.

La Corte no hace referencia en su parte resolutoria a la sospechosa movida del letrado y la exjueza, pero sí la incluye en un párrafo que podría ser clave para el objetivo futuro de la provincia. Dice que que de comprobarse las irregularidades en la megacausa, sería motivo para declarar nulo todo el proceso. En cuyo caso, el juicio debería hacerse de nuevo (ver Acción Civil).

No es la primera vez que los cortistas revocan uno fallo expropiatorio sospechado. Ya lo hizo con el de Canal Playas, con lo que el Estado evitó tener que pagar nada menos que 70 millones (ver La primera…).