El 5 de mayo, el piloto Aníbal Touris será interrogado en sede judicial sobre lo que ocurrió en el accidente del helicóptero de la Gobernación que le costó la vida a la diputada nacional Margarita Ferrá de Bartol y que dejó muy mal herido, entre otros, a José Luis Gioja. Tras recibir un informe técnico que compromete al conductor de la aeronave, el juez Federal Leopoldo Rago Gallo resolvió citarlo a prestar declaración indagatoria por el delito de homicidio culposo. Luego de escucharlo, el magistrado deberá decidir si lo procesa, lo sobresee o dicta la falta de mérito.
La indagatoria no implica estado de culpabilidad, sino que es una medida que adopta el juez cuando hay elementos suficientes para suponer que una persona cometió un delito. En este caso, las conclusiones que sacó la Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil (JIAAC), que es el organismo técnico que interviene en siniestros como el que sucedió en Valle Fértil el 11 de octubre de 2013, fueron claves para que Rago Gallo cite a Touris.
El informe de la JIAAC llegó a manos del juez hace unos días y en una de sus partes consigna que la nube de polvo que se generó por el despegue produjo “desorientación” del piloto, debido a una “inadecuada planificación e iniciación del vuelo en un área no debidamente preparada para una operación segura”. Por otro lado, señala que tuvo una “percepción errónea de la posición y movimiento de la aeronave” por la “pérdida de referencias visuales” y que toda esta situación provocó “acciones correctivas de pilotaje no implementadas en el tiempo adecuado”.
Touris está sospechado de ser autor de homicidio culposo (por el fallecimiento de Ferrá de Bartol), que es causarle la muerte a una persona sin intención alguna. En caso de ser declarado culpable no iría preso en forma efectiva, porque se trata de un delito excarcelable cuya pena mínima de prisión es menor a los 3 años. Sin embargo, está expuesto a que le prohíban seguir volando una aeronave en virtud de que el castigo incluye inhabilitación especial por un término que va de 5 a 10 años (art. 84 del Código Penal).
Según fuentes vinculadas al caso, Touris fue notificado el viernes de que debe comparecer el 5 de mayo. Tiene derecho a abstenerse de declarar, pero su abogado, Miguel Dávila Saffe, aseguró ayer que, por el contrario, dará su versión de por qué el helicóptero se vino abajo cuando intentaba despegar para traer de regreso a la ciudad a la comitiva oficial. Al mismo tiempo, reiteró que su defendido no hará declaraciones a la prensa hasta ejercer su derecho de defensa ante el magistrado.
La familia de Ferrá de Bartol había pedido el año pasado que Touris fuera llamado a indagatoria, pero Rago Gallo estaba atado de pies y manos al no contar con las pericias que le permitieran echar algo de luz a la investigación y resolver si se justificaba esa medida. La JIAAC concluyó el documento nada menos que 17 meses después del accidente que, además de la muerte de la diputada nacional, le provocó serias heridas a Gioja y al titular de la Unidad Gobernación, Héctor Pérez, una quebradura al legislador nacional Daniel Tomas y lesiones al propio piloto.
De la indagatoria y las otras pruebas que pueda pedir Rago Gallo depende gran parte del futuro judicial de Touris. Luego de interrogarlo, el magistrado tiene varias alternativas procesales. Puede procesar al piloto por el delito en cuestión y abrir la vía para que la causa llegue a juicio oral y público, aunque esa resolución es apelable. Si lo sobresee, quedaría desvinculado de la causa. Y si declara la falta de mérito, la investigación continuaría a riesgo de que aparezcan nuevos elementos que deriven en un procesamiento.

