Buenos Aires,4 de junio .- La Cámara Nacional Electoral confirmó que el Partido Justicialista (PJ) no puede registrar para su uso exclusivo, los símbolos partidarios, incluyendo la versión de la marcha peronista interpretada por Hugo del Carril en 1949.
Entre los símbolos que el PJ no podrá disponer figura también el símbolo de la victoria; las fotos más famosas de Perón y Evita, el escudo partidario, las ‘soberanía política, independencia económica y justicia social” y la sigla 62 Organizaciones peronistas.
La resolución confirmó un fallo de primera instancia de la jueza federal con competencia electoral Maria Servini de Cubría en que hizo lugar a un pedido de Hugo Miguel Fontana, hijo de Hugo del Carril, hace exactamente un año.
Los camaristas Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corchera establecieron que si bien el PJ tiene derecho exclusivo sobre la marcha partidaria, no la tiene respecto de la versión canónica de Del Carril, aceptando los derechos de sus hijos sobre ésta.
La Cámara ya había resuelto que no puede ser atributo exclusivo de ningún partido, puesto que su uso trasciende las manifestaciones políticas e incluso las fronteras de nuestro país.
Con relación a la expresión ‘62 organizaciones peronistas”, cuyo uso exclusivo había sido reivindicado por su titular, el sindicalista del peronismo disidente Gerónimo ‘Momo” Venegas, el fallo estableció que pese a su histórica vinculación con el PJ se trata de una asociación civil registrada en la Inspección General de Justicia.
Las demás expresiones pretendidas fueron rechazadas porque aluden a ‘postulados políticos e ideológicos amplios, respecto de los cuales ningún partido podría pretender para sí su patrimonio monopólico ni, por consiguiente, su uso exclusivo”, sostuvo el tribunal.
