El exconcejal español Carlos Fernández Gámez sabrá el miércoles 29 de este mes si será trasladado a su país para que rinda cuentas por supuestos hechos de corrupción. El juez federal Leopoldo Rago Gallo fijó la audiencia para llevar adelante el juicio de extradición, en el que tomará la decisión luego de escuchar los fundamentos del fiscal Francisco Maldonado y la defensa del hombre devenido en “coach” de empresarios y políticos en la provincia.
La Justicia española solicitó la extradición de Fernández Gámez por tres causas de corrupción denominadas Malaya, Saqueo II y Urbanística. El hombre se había desempeñado como concejal en el ayuntamiento (municipio) de Marbella y en 2006 se fue de su país. En el expediente hay registros de que ingresó a Argentina en ese año y luego se radicó en San Juan, en donde no vivió en la clandestinidad sino que formó una familia (se casó y tiene dos hijos menores de edad) y creó una empresa de entrenamiento y preparación profesional y técnica llamada Europa Coaching. Con ella asesoró a políticos, comerciantes y empresarios. Tras una denuncia anónima, la Policía Federal lo detuvo en septiembre.
La audiencia será a las 9.30 y no será pública, dijeron en la Justicia.
Luego de que Fiscalía y la defensa presentaran sus pruebas, el magistrado federal fijó la audiencia de juicio para resolver el pedido de extradición. Entre otros puntos, el juez deberá analizar si los delitos no han prescrito, tanto en el país ibérico como en Argentina, y si los mismos son compatibles con la legislación local, según explicaron fuentes calificadas.
Debido al paso del tiempo, un punto clave es la prescripción. De acuerdo a lo que trascendió, en principio hay al menos un delito en el que no se habría extinguido la acción penal por esa causal. Se trata de la malversación de caudales públicos, que estaría contemplado dentro de la causa Saqueo II, en la que, como delegado de Deportes y la sociedad municipal Actividades Deportivas 2000 S.L, “mantuvo sociedades mercantiles municipales ocultas a la labor fiscalizadora o de las que no se remitió contabilidad”, según señaló la Fiscalía española. En nuestro país, el plazo de prescripción de dicho delito es de 10 años. Si bien el hecho se produjo en 2003, por lo que estaría extinto, habría una medida tomada en el país ibérico equivalente en Argentina que habría interrumpido la prescripción. Se trata de la apertura de un juicio oral a Fernández Gámez, en 2009, símil al requerimiento de elevación a juicio local, que estiraría los plazos a 2019, explicaron las fuentes. Ese punto y otros, como el arraigo del exconcejal en San Juan y el requerimiento español de juzgarlo, es lo que deberá evaluar Rago Gallo,