San Juan.- En el año 2013 la Corte de Justicia de San Juan emitió un fallo por el cual se declaraba incompetente para intervenir como tribunal de alzada en los casos donde son aplicadas sanciones a profesionales, emitidas por los Tribunales de disciplina del Foro de Abogados.
Antes ese vacío legal, ya que todo órgano administrativo debe tener una instancia superior para reclamar ante un determinado fallo, la Cámara de Diputados voto por unanimidad la modificación del Artículo 42 de la ley N° 127-A, quedando establecido que las sanciones correspondientes del tribunal de Disciplina “podrán ser objeto de recurso de apelación judicial directa ante la Cámara de Apelaciones en lo Cívil, Comercial y Minería.
El proyecto fue presentado por el Diputado Rubén Uñac quien explicó que la medida fue resultado de una seria de reuniones con el Foro de Abogados donde surgió la necesidad y luego de mantener encuentros en la legislatura con los letrados y con los magistrados, resultó el proyecto que este jueves fue aprobado.
Por su parte, el vicepresidente del Tribunal de Disciplina del Foro de Abogado, Guillermo Horacio Videla explicó en Radio Concepto que “desde el año 2013, momento en el que la Corte se expidió declarándose incompetente, y de antes también, hay causas que hasta el momento no se ha hecho efectiva la sanción que aplicó el tribunal”.
Además, Videla aclaró que “calculo, no tengo en número fino presente, que debe ser unas 15 causas que están resueltas y que no tienen cumplimiento efectivo por este vacío legal que existía hasta hoy”.
Según lo sancionado hoy por la Cámara de Diputado y quedó establecido en el Artículo 2 ‘la presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación y será aplicable a toda causa en trámite donde la resolución sancionatoria dictada no se encontrare firme”.
Por otro lado, quedó establecido el plazo que tendrá la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería para resolver los recursos que sean presentado por los abogados sancionados. ‘La Sala interviniente resolverá dentro de los cuarenta (40) días de adjudicado a estudio el expediente’ dice la nueva ley.
