Alejandro Lazo, detenido por delitos de lesa humanidad.

 

Luego de que un Tribunal de Ejecución declarara inconstitucional la aplicación de la ley del 2×1 para condenados por delitos de lesa humanidad, uno de los jueces que tomó la decisión, Héctor Cortés, argumentó que la resolución se basó en que “los hechos aberrantes no pueden estar más beneficiados que los comunes”.

 

En diálogo con Radio Universidad, el magistrado manifestó que "fue una decisión unánime, colegiada de los 3 jueces respecto de la solicitud de la defensa del señor Alejandro Lazo” y continuó diciendo que "intercambiamos opiniones y entendimos que el principio que la Corte Suprema había revivido para aplicar a este cómputo de pena era inconstitucional. Tomamos el camino del principio de igualdad, del artículo 16 de la Constitución Nacional. 

 

Por otro lado, Cortés explicó que en el caso de Lazo, “él no había permanecido en prisión preventiva durante el momento en que regía la ley, sino a posteriori. Según el argumento de la Corte, cualquier persona podría pedir que se aplique una ley pasada y derogada”, argumentó.

 

Por último, expresó que “decidimos ir al fondo de la cuestión y declaramos la constitucionalidad y la no aplicación a este caso concreto”.