La Corte Suprema de Justicia avaló en un fallo por mayoría la aplicación del "ajuste por inflación", al hacer lugar a un amparo presentado por una empresa que había solicitado la "indexación" de un balance contable correspondiente al año fiscal 2002, se informó ayer.
En su decisión, el Alto Tribunal entendió que si bien es "indispensable para la existencia del Estado que éste pueda recaudar impuestos", ello está limitado a que no haya una "confiscación del derecho de propiedad" de las personas físicas y jurídicas, lo que ocurre cuando, como en el caso, el tributo a pagar ronda el 65 por ciento de las ganancias presuntas.
La decisión de la Corte recayó en la causa "Candy SA c/ AFIP y otros s/ amparo", y fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, con la disidencia del ministro Enrique Petracchi.
El Máximo Tribunal afirmó que es competencia legítima del Congreso dictar una ley que prohíbe el ajuste por depreciación de la moneda como instrumento para enfrentar la inflación. Destacó que no juzga el mérito de las políticas económicas, pero sí debe ponerles límites cuando afectan el derecho de propiedad.
Sosteniendo que hay confiscatoriedad cuando se absorbe una porción sustancial de la renta o el capital, la Corte decidió fijar un criterio enfocado exclusivamente en el caso.
