El 14 de agosto, los sanjuaninos tendrán que ir a votar en las internas abiertas, obligatorias y simultáneas de los partidos políticos para elegir por voto directo a los candidatos que competirán en las generales de octubre. Se trata de un sistema inédito en el país y la provincia. Sucede que antes, no había ninguna norma excluyente para las fuerzas políticas y cada una elegía arbitrariamente el mecanismo para consagrar a los postulantes (a dedo, por internas o a través de los órganos partidarios).

La ley fue impulsada inicialmente por el kirchnerismo a nivel nacional y más tarde, la administración giojista promovió una propia para San Juan. Su implementación tienen un doble objetivo: democratizar el proceso de selección de candidatos en los partidos y asegurar un nivel mínimo de representación como requisito para poder competir en las urnas.

Para medir el caudal de representación popular, las fuerzas políticas tendrán que cumplir algunos requisitos adicionales para llegar a la contienda de octubre y pelear por la posibilidad de quedarse con cargos públicos. Deberán alcanzar un mínimo de votos, porque de lo contrario no calificarán y se quedarán afuera.
Las internas de este año marcarán un antes y un después. Por primera vez en la historia, las mesas de electores dejarán de estar divididas por sexo y pasarán a ser mixtas. A raíz de este cambio, a muchas personas se les cambiará la escuela donde votar y tendrán que consultar los padrones para evitar confusiones.

– Para los partidos

La ley obliga a los partidos a elegir sus candidatos por internas abiertas, es decir pueden ir a votar afiliados y no afiliados. Antes, donde había internas, sólo tenían derecho a sufragar los afiliados. Si los partidos no aplican el nuevo mecanismo, no pueden competir en las elecciones de octubre por los cargos. Las primarias de todas las fuerzas políticas se hacen en forma simultánea y en el mismo cuarto oscuro.

– Para la gente

La gente está obligada a ir a votar, como si se tratara de una elección general. En caso de no asistir a sufragar, la ley impone una sanción económica. Sin embargo, el monto del castigo que está vigente es en australes y para el bolsillo del incumplidor es casi imperceptible.

– Votación

En el cuarto oscuro habrá boletas de todos los competidores y la gente tiene que elegir entre dos o más figuras del mismo frente que participen en la misma categoría. Por ejemplo, entre dos o más precandidatos a gobernador del mismo partido. El que más votos obtenga, se consagra como el candidato oficial para las generales. Las internas nacionales se hacen el mismo día que las provinciales y las categorías que se ponen en juego son presidente, senadores, diputados nacionales, gobernador, diputados proporcionales, diputado departamental, intendente y concejales. La gente que vote a un precandidato de un partido o frente, no podrá elegir en la misma categoría a una figura de otra fuerza.

– Representación

En la provincia, los partidos deben demostrar que tienen cierto nivel de representación popular. Para eso, deben conseguir que en la interna vaya a votar al menos el 5 por ciento del propio padrón de afiliados y, al mismo tiempo, obtener un mínimo del 1,5 por ciento de los votos afirmativos. Si no llegan al cumplir los objetivos, pierden el derecho de presentarse en la general.

– Límite

Están prohibidas las dobles candidaturas en el plano provincial. Por ejemplo, una persona no puede ir por la Gobernación y al mismo tiempo, por una banca de diputado proporcional. Sí se pueden ocupar dos candidaturas en distintos distritos. Es decir, alguien que se postula simultáneamente a un cargo provincial y a uno nacional.

– Testimoniales

Para evitar las llamadas candidaturas testimoniales, muy de moda en las elecciones legislativas de 2009, la ley impone un requisito. Los postulantes que al momento del comicio ocupen un cargo electivo y tengan por delante mandato que cumplir, deberán expresar por escrito que están dispuestos a asumir en el nuevo cargo si son elegidos.

– Lista completa

Una persona no se puede presentar en forma solitaria para ser candidata. La ley dice que para ser precandidato a gobernador hay que inscribir lista de diputados proporcionales y candidatos a diputado departamental e intendentes y concejales en, por lo menos, diez departamentos de la provincia. Además, todo aquel que quiera competir por el cargo de intendente, debe llevar en su boleta a un precandidato a gobernador.

– Municipios

Los precandidatos a intendente de un mismo partido o frente no pueden compartir candidato a gobernador, debe ser distinto. Si hay un solo aspirante a la Gobernación, como pasa en todos los frentes que se anotaron en San Juan, no puede haber internas entre figuras de la misma fuerza política. La única forma es que sean de distintos partidos dentro del mismo frente y en ese caso, el candidato a gobernador los tiene que autorizar a que lo lleven en la boleta. Si no, no podrán ser de la partida en agosto.

– Cronograma

Después de las internas, los sanjuaninos tendrán que ir a las urnas de nuevo en octubre para elegir a sus representantes. Es la elección tradicional por los cargos. Es posible que más tarde, el electorado tenga que ir otra vez al cuarto oscuro. Si ninguno de los candidatos a presidente de la Nación se consagra en primera vuelta, habrá balotaje.