Buenos Aires, 17 de abril.- La Sala D de la Cámara Civil confirmó la condena contra Acevedo, quien en un reportaje publicado por el diario Página 12 el 11 de mayo de 2004 respondió a una pregunta: "todos sabemos lo que son los Urso, Oyarbide… seres detestables… Bonadío, Canicoba Corral… ahora fíjese lo que es la corporación judicial en el Consejo de la Magistratura".
La entrevista estaba centrada en el ex presidente Carlos Menem: "habla de una persecución de una justicia que él mismo designó. Son los jueces de la servilleta. A mí, como presidente de la Comisión de Juicio Político, me tocó pelear contra la mayoría automática".
Los jueces Ana María Brilla de Serrat, Miguel Angel Vilar y Diego Sánchez consideraron que "la jerarquía de la función que ejerce (Canicoba Corral) y la que desempeñaba por elección de su pueblo (Acevedo), primero como diputado de la nación y luego como gobernador de Santa Cruz, ameritaban otro tratamiento, en vez de esa calificación menoscabante que abarca a varios jueces federales aún en funciones".
"Pareciera… que se trata de jueces corruptos dado el imaginario colectivo echado a rodar por un ex ministro al referirse a ‘los jueces de la servilleta’, y que no cumplen sus funciones porque no lo han puesto preso al ex presidente" Menem, sostiene el fallo.
"Si nos formulamos la pregunta acerca de si los dichos (de Acevedo) son aptos para deshonrarlo o desacreditarlo, la respuesta es positiva, máxime que se le endilga incumplimiento de sus funciones como magistrado, lo que podría llegar a constituir un delito o una figura penal dolosa, en definitiva, se ha exteriorizado un pensamiento, que persiste tal como se lo ha reiterado a lo largo de la causa, totalmente lesivo para el honor" de Canicoba, añade el texto.
Los camaristas determinaron que "el deber de resarcir se activa ante la presencia de una información agraviante e inexacta, siendo el eje de la responsabilidad el obrar negligente, la falta de cautela y prudencia en la transmisión de la noticia".
Acevedo deberá pagarle 22.000 pesos más intereses y las costas del juicio a Canicoba.
El fallo establece, además, que deberá ser publicado un extracto de la sentencia en el mismo diario en el que salió el reportaje.
