Hace unos días, el juez José Atenágoras Vega (Sala II, Cámara Penal) decidió, por primera vez, no hacer un juicio oral y público contra un sujeto y su sobrino que llegaron presos, acusados de intentar robar un auto y amenazar a un amigo del dueño de ese vehículo porque los sorprendió y les hizo fotos. En lugar del debate, el magistrado optó por aplicar el inciso 6 del artículo 59 del Código Penal, que permite la extinción de la acción penal, es decir eliminar la persecución del Estado contra los sospechosos de ilícitos. Y así dio lugar a un acuerdo entre víctimas y victimarios de maniobras delictivas, por "conciliación o reparación integral del perjuicio" causado como lo prevé la ley penal.

 

Después de que su decisión sea puesta en el centro de la polémica, Vega habló en ‘Diario de Mediodía’ de Radio Sarmiento y aclaró que "en la medida que sea razonable, seguiremos aplicando estos acuerdos". 

 

En ese contexto, explicó que "el juez tiene la responsabilidad de analizar en base a las pruebas de aplicar o no estos acuerdos", y agregó que "se debe tener confianza sobre los jueces".

 

Sobre la posibilidad de que ocurran aprietes por parte de los delincuentes sobre las victimas para acordar, el magistrado manifestó que "tenemos tribunales con mucha experiencia para detectar estas cosas".

 

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