San Juan, 4 de Septiembre.- Con una modificación de un artículo del código de faltas de San Juan, las personas que fijen carteles, estampas, escriban o dibujen cualquier anuncio, leyendas o expresiones, sin licencia de la autoridad o del dueño serán sancionadas con hasta 5 mil pesos de multa.
Así lo resolvieron los diputados en una nueva sesión al modificar el Artículo 187º de la Ley Nº 7819 que no establecía esa sanción para las personas que hicieran eso en montañas y árboles pero si para otros lugares como puentes, monumentos, paredes de los edificios públicos o de casas particulares.
Ahora, según establece la ley, estas personas serán sancionadas, conjunta o alternativamente, con pena de multa de hasta quinientos jus (500 J) o arresto de hasta quince (15) días, si la infringen.
