Las personas que no hayan votado en las elecciones primarias, deberán regularizar su situación en la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito, reiteró ayer la Cámara Nacional Electoral.

Lo hizo a través de un instructivo en el que confirmó las disposiciones vigentes, luego de resolver el jueves pasado que no existe ningún impedimento para votar en las elecciones de octubre, para quienes no lo hicieron en las primarias.

En el instructivo se aclara que los que no pudieron votar porque no figuraban en el padrón deberán ‘concurrir a la Secretaría Electoral de su distrito para demostrar su ausencia del listado y así quedar exenta de cualquier sanción. El domicilio de la Secretaría Electoral correspondiente se puede averiguar a través de la página web www.pjn.gov.ar. También podrá realizar el trámite en la Cámara Nacional Electoral, de 8 a 13,30 horas‘.

A su vez, se aclaró que ‘aquella persona que no tenía su DNI el día de los comicios debe realizar la denuncia de extravío correspondiente‘. Mientras que los que ‘se encontraban a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación deberán presentar el certificado emitido el día de la elección por la Policía Federal para justificar la ausencia en la Secretaría Electoral del distrito que le corresponde según el domicilio que figure en el DNI o ante la Cámara Nacional Electoral, y en un plazo no mayor a 60 días posteriores a la elección‘.

En el instructivo se aclaró que ‘si un ciudadano estaba enfermo el día de los comicios debe presentar ante la Secretaría Electoral del distrito que corresponda, según su domicilio legal, el certificado médico correspondiente o ante la Cámara Nacional Electoral. El plazo de presentación también es de 60 días posteriores al día de las elecciones’.