El Gobierno reglamentó la Ley de Hipoacusia por la cual las obras sociales y entidades de medicina prepaga deberán incluir como prestación obligatoria la detección temprana y atención de la sordera infantil, que afecta a entre 700 y 2.100 recién nacidos por año. La reglamentación de la norma, que lleva el número 25.414, fue firmada el jueves por la presidenta Cristina Fernández y publicada ayer en el Boletín Oficial.

La sordera es la falta de capacidad para escuchar sonidos y puede producirse por factores hereditarios, congénitos o adquiridos desde el nacimiento, o desarrollarse a lo largo de la vida. La hipoacusia, en tanto, es la incapacidad de percibir algunos sonidos que, cuando se profundiza y no se percibe ninguno, se transforma en sordera.

La ley busca garantizar la detección temprana y atención de la sordera infantil para el desarrollo del lenguaje e integración social de los niños con la patología.

El decreto 1093/2011, sobre el “Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia” que implementa el ministerio de Salud, prevé la inclusión de la detección y tratamiento de la hipoacusia infantil como prestación obligatoria de obras sociales y entidades de medicina prepaga.

La cartera informó que el programa garantizará el primer par de audífonos e implantes cocleares, en forma gratuita, a los niños con disminución auditiva y sin cobertura médica.

El ministro de Salud, Juan Manzur, dijo que “el decreto reafirma la voluntad del gobierno de ubicar a la salud como política de Estado, garantizando a las criaturas el tratamiento adecuado”. “Esto es muy importante porque de esa manera vamos a tener un chico que desarrolló lenguaje y puede ir a una escuela común y desarrollar su vida normal”, destacó el funcionario.

El ministro explicó que la reglamentación de la ley coincide con la finalización de la XXII Semana Nacional de la Lucha contra la Sordera. En ese sentido, afirmó que la medida continúa “haciendo efectiva la inclusión social en la Argentina, porque los chicos con esta patología antes perdían la oportunidad de aprender a la par del resto y ahora vamos a evitarlo”.

El decreto recordó que según la Organización Mundial de la Salud la incidencia de la hipoacusia es de 5 cada 1.000 recién nacidos. Los casos de hipoacusias moderadas a profundas, en tanto, oscilan entre 1 y 3 por 1.000 recién nacidos, mientras que las hipoacusias severas a profundas se registran en 1 cada 1.000. En los fundamentos, el decreto destacó que “la precocidad en la realización de los estudios exploratorios resulta de fundamental relevancia ya que advertir la deficiencia a tiempo permite iniciar en forma oportuna una rehabilitación”.