Tras la condena de 3 años de prisión en suspenso (sin encierro) para el conductor que causó la muerte de Francisco Márquez, la familia de la víctima tomó la postura de no quedarse de brazos cruzados y reveló que ya pidió a sus abogados que acudan al Tribunal de Impugnación para revertir el fallo condenatorio contra Gonzalo Castro Salinas. ¿Por qué? Para Ayelén Márquez, hermana del fallecido, el imputado cometió un homicidio simple y no merece una pena sin encierro. “Tiene que ir preso”, dijo a la prensa.
En la misma línea fueron ayer las declaraciones de Roly Olivera, uno de los abogados de la familia: “No estamos para nada de acuerdo con la realidad fáctica de la jueza y ya estamos preparando la impugnación”. “Si nosotros medimos el metro cuadrado es un homicidio culposo, pero venían corriendo carreras y es lo que no mide la jueza”, agregó, abonando a la teoría de que Castro Salinas corría una picada cuando embistió a Francisco Márquez.
Fue la jueza Gema Guerrero quien homologó el acuerdo de juicio abreviado (anteriormente denegado en dos oportunidades por la jueza Celia Maldonado, luego apartada de la causa), pactado entre el Ministerio Público Fiscal y los defensores Fernando Bonomo y Martín Torcivia. Castro Salinas se declaró culpable de haber conducido su Fiat Uno a más de 115 km por hora cuando atropelló desde atrás y causó la muerte de Francisco Marquez, quien puso el guiñe y alcanzó a girar sobre la Ruta 60 para ingresar al camping de Rivadavia, alrededor de la 1 del 8 de abril del año pasado. Recibió, como castigo, 3 años en suspenso (sin encierro) y 9 años de inhabilitación para conducir automóviles por el delito de homicidio culposo agravado por el exceso de velocidad.
Los abogados de la familia de la víctima, Roly Olivera y Marcelo Sandez, volvieron a oponerse a que el caso tenga esa salida, porque entienden que de las pruebas se desprende que Castro Salinas cometió los delitos de picadas ilegales y homicidio simple, con penas de 8 a 25 años. Por eso se oponían al abreviado, pero como su opinión no es vinculante, la jueza homologó el acuerdo y condenó al imputado.
Para la Fiscalía, una cámara situada en el ingreso al Parque Faunístico no demostró que el imputado y otro sujeto al mando de una camioneta blanca hubieran ido corriendo carreras. También argumentaron que una pericia pedida por la Parte Querellante probó que el Fiat Uno no estaba preparado para picadas. Y que los testigos directos del accidente fueron coincidentes en señalar que sólo el auto pasó a elevada velocidad y atropelló a Márquez en su moto Yamaha 150 cc, cuando pretendió entrar al Camping de Rivadavia.
Aquella vez, se demostró que ni la víctima ni el acusado tenían restos de alcohol o drogas en su sangre. Las pericias, sin embargo, demostraron que Castro Salinas circulaba muy rápido. Y de ahí que el homicidio culposo que le atribuyen, lo consideren agravado por el exceso de velocidad.
Ahora resta esperar a que ingrese al reclamo de la Querella ante el Tribunal de Impugnación y que se fije fecha para una nueva audiencia.