El abogado César Jofré pidió cambiar la calificación del delito.

 

El Tribunal Oral Federal de San Juan decidió no hacer el juicio a un penitenciario que llegó preso, acusado de intentar meter 15 gramos de marihuana para venderla en la cárcel. Y lo liberó, luego de adherir al planteo de su defensor César Jofré y el fiscal federal Francisco Maldonado, para calificar el hecho como tenencia simple de estupefacientes para consumo personal. Como ese delito ya fue considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, violatorio del artículo 19 de la Constitución Nacional (porque cae en la esfera de los actos privados), el penitenciario Emanuel Maximiliano Martín (28) fue desligado para siempre con un sobreseimiento, informó el abogado defensor.

¿Qué dice el artículo 19 de la ley de leyes? "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe".

Martín había sido detenido alrededor de las 19,30 del 28 de julio de 2016, cuando se presentó a trabajar y sus compañeros lo requisaron y hallaron la droga oculta entre saquitos de té y yerba, dentro de un recipiente de su mochila. Esa vez, uno de los penitenciarios declaró que Martín les dijo que la marihuana era para un preso de apellido Guevara.

El fiscal Francisco Maldonado adhirió al planteo del defensor.

Pero al momento de ser indagado, se negó a dar su versión. Y luego declaró que era para su consumo, porque es adicto. Sin embargo fue procesado con prisión preventiva y la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, confirmó esa decisión.

Sin embargo la versión de Martín fue corroborada por una pericia psicológica, que confirmó su problema de adicción a las drogas.

Ese estudio y otras pruebas, fueron la base para que el abogado César Jofré pidiera el cambio de calificación de su cliente, situación compartida por el fiscal Maldonado luego de evaluar el informe negativo de la pericia telefónica.

Los camaristas federales Hugo Echegaray y Juan Carlos Turcumán, entendieron, tal como lo propusieron las partes, que en el momento en que Martín fue sorprendido, no quedó acreditado en forma contundente, de que iba a vender esa droga y que, por lo tanto, no puso en peligro a terceros.