Mendoza.- A Daniel Zalazar en un principio se lo acusó de femicidio de su expareja Claudia Arias, y de homicidio en los casos de la tía y abuela de ésta, Marta Ortiz y Vicenta Díaz, respectivamente. Ahora la fiscalía cambió la carátula del hecho a triple femicidio.

Además, el fiscal de Homicidios, Santiago Garay, calificó como tentativa homicidio agravado por alevosía por los tres casos y en el caso de su beba, agravado por el vínculo en concurso real.

El artículo 80 del Código Penal tiene 12 incisos. El primero especifica que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua (…) al que matare a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.

En tanto, el inciso 11 de ese mismo artículo establece que recibirá la misma pena quien “matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

Los restos de Claudia Lorena Arias (31), Marta Susana Ortíz (45) y Silda Vicenta Díaz de Ortíz (90), las mujeres asesinadas el domingo a puñaladas por Salazar, fueron sepultados ayer en Luján de Cuyo.