Tan resignada estaba que ni siquiera hizo opción de su última oportunidad para hablar en el juicio. Y así, con esa frialdad con que mostró al relatar la forma en que dio a luz a su bebé y le tapó la boca hasta asfixiarlo, o como cuando dijo ‘no recuerdo si lo he cortado’ o intentó desligarse asegurando: ‘cuando tiré la bolsa, el bebé iba entero’; Carina Beatriz Lera escuchó ayer sin inmutarse el duro fallo en su contra. Los jueces de la Sala I de la Cámara Penal y Correccional la condenaron a prisión perpetua por el asesinato de su hijo recién nacido entre la noche y la madrugada del 21 y 22 de enero del 2011 en su propia casa de Rawson.

No alcanzaron los argumentos de Jorge Olivera Legleu, el abogado defensor, para sostener que no hubo alevosía o atenuar la pena por algunas circunstancias extraordinarias como la vida conflictiva de Carina Lera a raíz de su situación económica, los problemas familiares y principalmente por el hecho de que ese bebé era hijo, supuestamente, de su cuñado. Los jueces Agustín Lanciani, Raúl Iglesias y Arturo Velert Frau le dieron uno de los peores castigos a esta mujer de 36 años, y madre de 5 hijos, por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por alevosía.

En el juicio quedó probado que Lera ocultó su embarazo y dio a luz, sin ayuda de nadie, en el baño de su casa en Villa Avellaneda. Si bien en principio afirmó que su hijo nació muerto, terminó admitiendo la autoría del crimen. Durante los alegatos, el fiscal Gustavo Manini sostuvo su acusación en base a esa confesión y consideró que, teniendo en cuenta que fue la única persona que tuvo contacto con el bebé desde que nació hasta que hallaron sus restos mutilados en la casa vecina, también debía atribuírsele el seccionamiento del cadáver de la criatura. En cuanto a los agravantes señaló que no había dudas que era la madre biológica y que la alevosía se dio al actuar ‘sin riesgo y a lo seguro’ con un recién nacido que no podía oponer resistencia. La defensa reconoció la existencia del homicidio, pero pidió que se contemple las circunstancias extraordinarias que llevaron a la mujer a cometer el hecho (habló de otros casos similares) y la ausencia de otra antecedentes. El fiscal rechazó tales circunstancias extraordinarias y para ello citó el informe psicológico y psiquiátrico, a la vez que sostuvo que Lera ‘hizo de la mentira su discurso permanente’ y remarcó las contradicciones en que cayó durante el juicio, primero negando el crimen y luego reconociéndolo, o su versión acerca del seccionamiento de la criatura. Todo parecía estar en contra de Lera, quizás por eso ni habló antes de escuchar el veredicto.