No prosperó la versión de la docente Alejandra Ríos de apuntar a su expareja y padre de su beba, como autor del ataque casi letal que por poco no terminó con los días de su otra hija, Camila (8), el pasado 25 de octubre en Santa Lucía. Tampoco se impuso en la investigación la versión de ese ex, Pedro Oris, de que él siempre cuidó de esa niña y que quien pudo provocarle la grave lesión fue ella, tal vez con una asadera. Ayer, el juez de Instrucción Alberto Benito Ortiz echó por tierra ambos relatos y en base a otras pruebas procesó a ambos con prisión preventiva por la tentativa de homicidio agravado y lesiones reiteradas agravadas contra esa nena, que sobrevivió pero quedó con graves secuelas en su salud, informaron fuentes judiciales.

La única diferencia estuvo en el agravante de la tentativa de homicidio: a la mujer le impuso el del vínculo (es su madre) y a Oris el agravante de la violencia de genero.

El único punto a favor de Oris fue la decisión del juez de dictarle falta de mérito (es decir falta de pruebas, igual sigue ligado) en los delitos contra la docente: el supuesto abuso sexual gravemente ultrajante (ella dijo que la obligó a practicarle sexo oral) y coacción agravada, porque la mujer manifestó haber sido encañonada con un revólver para mentir sobre el hecho y decir que su hija había sufrido un accidente con un caballo.

Una de las pruebas fundamentales para el juez fueron los informes psicológicos de la niña, en los que se revelaron los terribles daños psíquicos que le quedaron de la traumática convivencia con su mamá y su expadrastro. Los psicólogos descubrieron una situación tan grave, que informaron de la falta de control de esfínteres o de una intensa angustia al hablar de su entorno íntimo durante la entrevista. Es más, cuando le pidieron dibujar, la nena prefirió hacer todo ‘menos eso’, es decir una familia, y los expertos especificaron incluso que vivenció a su madre como una ‘yegua’.

Tras ser notificados, los defensores de ambos imputados, Leonardo Villalba (por Ríos) y Leonardo Arancibia (por Oris) tendrán 10 días hábiles para apelar. Ahora, lo más probable es que ambos pidan a un tribunal superior revisar el fallo.