El bonaerense José María Dibello (70) no tendrá ningún castigo penal por haber causado la muerte de cinco obreros metalúrgicos, luego de atravesarse en la ruta 40, entre 7 y 8 en Pocito, en un camión sin luces ni señales que sirvieran para alertar a otros conductores.
El 11 de agosto de 2010, sobre las 7, Dibello intentó cruzar la ruta de Oeste a Este en un semirremolque de 18,60 metros para entrar a una fábrica de válvulas. Las víctimas habían salido de la Villa San Damián, Rawson, y pretendían llegar a Los Berros, Sarmiento, para hacer tareas de mantenimiento en dos caleras.
Aunque el caso penal quedó impune, parientes de las víctimas cobraron indemnización.
Nunca llegaron: no vieron el camión y varios terminaron decapitados y destrozados dentro del Ford Escort en el que transitaban. De milagro, ese día no impactó el camión otra camioneta con empleados que viajaba detrás del auto.
Dibello nunca pudo ser traído desde Buenos Aires para ser enjuiciado. Y como una ley fija plazos para investigar y sentenciar a un imputado, el juez Matías Parrón (Quinto Juzgad Correccional) entendió que esos tiempos se habían vencido para Dibello y lo sobreseyó por prescripción, dijeron fuentes judiciales.
El inicio de ese plazo se contó desde que el juez citó a las partes a juicio, en 2011, y expiró en noviembre pasado, cinco años después, es decir un período que coincide con el máximo de la pena prevista para el delito de homicidio culposo.
Había sido el fiscal Alejandro Mattar quien insistió con varios planteos para que Dibello fuera trasladado hasta San Juan para ser juzgado. Pero la defensa del camionero se opuso siempre con el argumento de que no estaba bien de salud (presentó tres certificados médicos), principalmente por un ataque de ACV que lo llevó a alejarse de la conducción ya en 2011, indicaron las fuentes.
Ante la insistencia de Mattar, el juez pidió constatar esa situación y un cuerpo de peritos forenses de la Suprema Corte de Justicia de la Nación revisó al chofer y confirmó el estado de salud por el que atraviesa, precisaron.
Aquel accidente le había costado la vida a Sergio Sebastián Aliaga Manzano (23), a sus primos Marcelo Ricardo (20) y Cristian Leonardo Agüero Aliaga (28), y a otros dos compañeros, Fernando Sebastián Aballay (19) y Fernando Ceferino Valdivia de la Rosa (41).
Fuentes judiciales aseguraron que a pesar de no haber tenido respuesta en la Justicia penal, los familiares de las víctimas cobraron indemnizaciones por daños y perjuicios.
Por qué un caso prescribe
La prescripción, jurídicamente, es el final de una causa y su pase al archivo. En la práctica, significa que los encargados de investigar y llevar al sospechoso a una sentencia, tienen plazos para hacerlo. Y esos plazos, la mayoría de las veces, están ligados al máximo de la pena previsto para el delito que se investiga. En el caso de los homicidios culposos, como los ocurridos en accidentes viales, ese máximo es de cinco años. Es decir que si nada interrumpió ese plazo y el acusado no tiene una sentencia al cabo de 5 años, todo prescribe.
¿Qué actos interrumpen ese plazo? son cinco: la comisión de otro delito por parte del imputado; el primer llamado para ser indagado; la elevación de la causa a juicio; el momento en que el tribunal cita a las partes a juicio; y la sentencia condenatoria.
