En el día de la fecha se condenó a Renzo Ezequiel Alaniz a 8 meses de prisión condicional, restricción de acercamiento a 300 metros de la víctima y 2 años de buena conducta por golpear a su ex pareja y al hijo de la misma la madrugada del 4 de abril.
El hecho de violencia de genero e intrafamiliar ocurrió cuando la víctima decidió acompañar un rato a su pareja y a un amigo que se encontraban reunidos. En ese momento comienza a sonar el celular de la mujer y Alaniz lo toma y comienza a cuestionar el llamado de la ex pareja de su mujer.
La discusión se intensificó y Alaniz comenzó a golpear a su pareja en el rostro. Acto seguido, la mujer se tiró al piso para evitar los golpes, pero el violento sujeto se le tiró encima y sosteniendo con sus piernas los brazos de la víctima, continuó golpeándola en el rostro repetidas veces.
Luego de golpearla durante un tiempo, el hombre se dirigió hacia el interior de la vivienda gritando "Andate, ahora no te quiero ver más" y prosiguió con las agresiones hacia los hijos de la víctima. Alaniz golpeó en el rostro a uno de los hijos de la mujer, que tiene 9 años de edad y fue el detonante para que la víctima decidiera irse del domicilio junto a sus tres hijos a casa de su madre para luego radicar la correspondiente denuncia.
El sujeto quedó imputado por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo (art 89/92 en función del art 80 inc 1 C.P.) Por ello, el día 15 de abril de 2021 es condenado mediante el procedimiento de juicio abreviado, a la pena de 8 meses de cumplimiento condicional, con más medidas cautelares de la ley 989 E, y del art. 27 del CP.