La madre de Lucio Dupuy y su pareja fueron declaradas culpables por haber asesinado a golpes en la cabeza y en el resto del cuerpo al niño de 5 años en noviembre de 2021 en la ciudad pampeana de Santa Rosa, y enfrentarán una condena a prisión perpetua. El Tribunal de Audiencias de La Pampa declaró a la madre del niño, Magdalena Espósito Valenti, autora material del "homicidio triplemente calificado por el ensañamiento, por la alevosía y por el vínculo", mientras que entendieron que su pareja, Abigail Páez, fue autora material del mismo delito, aunque le agregaron el "abuso sexual gravemente ultrajante". Si bien el tribunal no dio a conocer la pena que recibirán las condenadas, el delito que le imputaron a ambas estipula como única opción la "prisión perpetua".

Apenas finalizada la audiencia, el abogado querellante Mario Aguerrido se manifestó "sorprendido" por la absolución de Espósito Valenti del delito de "abuso sexual" y expresó que aguardará la lectura de los fundamentos de la sentencia para analizar y, luego, apelar (ver recuadro). También se lamentó de que el tribunal no haya hecho lugar a su pedido para que se aplique en la condena el "odio de género", como lo había solicitado en su alegato. 

En la sentencia, los jueces consideraron clave el informe médico realizado por los forenses en la autopsia, quienes consideraron que no sólo existieron lesiones de vieja data en el cuerpo de Lucio, sino que hallaron heridas del día de la muerte, el 26 de noviembre de 2021, en casi todo su cuerpo, como así también marcas en sus brazos compatibles con signos de defensa y hasta improntas de nudillos y de la suela de una zapatilla en el medio del tórax. "No se trata de una patada que hace otro tipo de marca, sino de una pisada, que dejó la marca de la planta del calzado", especificó el forense.

Por otra parte, los jueces tuvieron en cuenta el intercambio de mensajes que mantuvieron las acusadas, los cuales "revelan golpizas de diferente naturaleza proveniente de ambas, que fueron creciendo en intensidad y frecuencia a partir del mes de octubre de 2021". 

"Se trata no sólo de violencia física, sino también psicológica, ejerciendo sobre Lucio Dupuy castigos, penitencias, restricciones, vigilancias y aislamientos absolutamente impropios. Asimismo, aparecen también en ambas acusadas preocupación por el ocultamiento de estos hechos y el acomodamiento de los discursos para que no se revelen sus actos agresivos", señalaron.

Para los jueces, quedó acreditado que "el 26 de noviembre de 2021, aproximadamente entre las 18 y 19, Páez y Espósito Valenti agredieron físicamente a Lucio Dupuy ocasionándole múltiples lesiones que posteriormente provocaron su fallecimiento". "El cuerpo de Lucio Dupuy denotaba signos de maltrato infantil, aludiendo a que la historia clínica refería ‘traumatismos a repetición sin justificar causas’ durante el último año", señalaron, quienes agregaron que ese día "ambas acusadas ejercieron actos de violencia física que le provocaron la muerte".

"En este devenir violento es posible advertir un crescendo de violencia, a la luz de los chat mantenidos entre ambas imputadas, a partir de mediados del mes de octubre de 2021, momento desde el cual se exacerba la irritación que evidentemente el niño provocaba en ambas y en el riesgo de que ello quebrara su relación sentimental, algo que ninguna de las dos parecía estar dispuesta a soportar", explicaron los jueces.

 

Los argumentos

Magdalena Espósito Valenti, la madre de Lucio Dupuy, no fue declarada culpable del abuso
sexual a pesar de que se halló su material genético en el elemento utilizado para agredirlo.
El tribunal consideró que su ADN pudo haber quedado allí por “empleos anteriores” de dicho
objeto. Los jueces aclararon que el “elemento fálico de material simil goma” estaba “destinado al empleo de ellas (por las mujeres)”, por lo que “es perfectamente factible que su ADN (por el de la madre) ya estuviera allí, por empleos anteriores del objeto fálico, cuando la restante acusada agredía sexualmente a Lucio Dupuy”. De esta manera, el tribunal entendió que debían absolver a Espósito Valenti del delito de “abuso sexual” por el beneficio de la duda.