La Corte de Justicia frustró el intento de dos jueces de Flagrancia para no intervenir en dos causas penales, al sostener que eran competencia de un juez de Instrucción. Pero este último magistrado resistió y en ambos casos los ministros Juan Carlos Caballero Vidal, Adolfo Caballero y Guillermo De Sanctis le dieron la razón, dijeron fuentes judiciales.
Caso I
El primer hecho ocurrió a las 23,15 del 15 de agosto pasado en la esquina de Mendoza y Neuquén, Chimbas. Allí, un joven fue abordado por tres delincuentes, que incluso le dieron un puntazo en el brazo izquierdo para robarle el teléfono.
Huyeron en una Renault Kangoo, la Policía los persiguió hasta Albardón y allí abandonaron el vehículo. Pero más tarde dos de ellos, Matías Ezequiel Páez (18) y un menor de 15 años (inimputable) fueron capturados.
Entonces el juez de Flagrancia Carlos Lima consideró que no correspondía a ese fuero tramitar la causa, porque la Policía no había comunicado el hecho, porque el fiscal no había formulado cargos y porque el juez de Instrucción Pablo Flores ya había ordenado medidas.
Pero Flores argumentó que la inmediatez entre la denuncia y la captura del sospechoso (con pruebas en su contra) configuraba un caso más de Flagrancia.
Y la Corte no encontró motivos para apartar a Flagrancia del caso: "Las eventuales desprolijidades que pudiesen haber acontecido respecto a la forma de encaminar la tramitación del proceso en sus inicios, no puede convertirse en fundamento válido para direccionar la competencia específica de los tribunales", dijo el ministro Caballero Vidal en su voto.
Caso II
Ocurrió la madrugada del 28 de agosto pasado, cuando al menos un ladrón se metió a robar a la Escuela Provincia de Tucumán, en Rivadavia. Esa misma madrugada, la Policía atrapó a Nicolás Gabriel Quiroga (18) por el robo de una computadora de escritorio y 9 notebooks. Pero a esa maniobra el joven sumó otro cargo: daño agravado, porque se resistió a patadas en el patrullero y rompió un vidrio.
Cuando el caso llegó a Flagrancia, el juez Eduardo Raed aceptó el planteo de la defensa de desdoblar la causa: tramitar el robo en ese fuero y enviar al juez Flores el delito de daño agravado para que lo tramite.
Sin embargo la fiscal Claudia Salica y el juez Flores resistieron la competencia luego de evaluar que ambos delitos se habían producido infraganti y porque sumando las escalas penales de ambos, no excedía el tope de 15 años que tiene Flagrancia.
"No resulta procesal ni sustancialmente aceptable y procedente escindir las calificaciones endilgadas para su investigación y posterior juzgamiento", consta en el fallo de la Corte que ordenó tramitar todo en Flagrancia.