El juez Fabio Daniel Guillén Alonso, del Tribunal de Impugnación, resolvió no hacer lugar a un recurso de impugnación interpuesto por el fiscal Adrián Riveros (UFI Delitos Especiales) y la defensora María Noriega, que fueron contra la resolución del juez de Garantías Federico Rodríguez en virtud de que les había rechazado un acuerdo de juicio abreviado.
La audiencia que disparó el enojo del representante del Ministerio Público Fiscal y de Noriega fue realizada el pasado 26 de agosto. Las partes habían acordado condenar a 3 años de prisión a Roberto Carlos Pereyra (42) por el homicidio culposo del changarín Rafael Morales (28), agravado porque después de embestirlo y matarlo con su auto, en Rawson, se dio a la fuga. Pero el juez Rodríguez no lo permitió, aludiendo que no se habían cumplido los requisitos legales porque el imputado no comprendía plenamente los detalles del pacto (cuando el magistrado le consultó si prestaba su voluntad para realizarse el acuerdo había dicho que "suponía" que sí). Otro punto polémico era que la Fiscalía pretendía que la condena fuera cumplida en el Penal, mientras que la defensora solicitaba la prisión domiciliaria porque su cliente supuestamente padece una discapacidad motriz.
En esta nueva audiencia, el fiscal Riveros fundó el pedido de impugnación exponiendo que la resolución del juez de Garantías no fue "ajustada a derecho". Y la tildó de "apresurada", acusando que el magistrado, tras regresar de un cuarto intermedio concedido supuestamente para que Noriega le volviera a explicar al acusado los términos del acuerdo, directamente comenzó a leer el fallo, sin cederle la palabra a las partes. "El pupilo no es un letrado, es normal que tenga alguna duda sobre la situación", dijo el fiscal, que por otro lado remarcó que las diferencias sobre el lugar de cumplimiento de la pena no eran motivo para que rechazaran el acuerdo, pues eso podía decidirlo el mismo juez de Garantías o bien uno de Ejecución Penal.
Sin embargo, el juez de Impugnación no hizo lugar al pedido y le dio la razón a Rodríguez. "No surge a la luz de lo ocurrido en audiencia, que haya un acuerdo pleno en los términos", expuso Guillén en su fallo. "Concretamente se observa que el imputado entiende que va a cumplir la pena de prisión en su domicilio, siendo que el fiscal sostiene que el acuerdo al que se ha arribado es que la pena se efectivice en el Servicio Penitenciario Provincial", agregó en otro pasaje de su resolución. Pereyra continúa con prisión preventiva.