Que no hay prescripción porque para la ley hay dos hechos que la interrumpen: el nuevo delito cometido por el acusado (otro accidente con dos hermanos en moto heridos), y la sentencia en la que se lo condenó a 3 años de prisión sin encierro y a 7 de inhabilitación para conducir vehículos, que no quedó firme. Ambos supuestos están contenidos en los incisos "a" y "e" del artículo 67 del Código Penal, y representan la parte medular del planteo que el bogado Angel Peña de la familia de un niño muerto en un choque, realizó ayer para que el expresidente de Sportivo Desamparados y empresario del Transporte, Ricardo Salvá, no quede sin castigo. Salvá fue condenado por homicidio culposo el 5 de septiembre del año pasado por el juez provisorio en lo Correccional, Juan Pablo Ortega, quien lo halló culpable de atropellar en su Audi Q5 a Kevin Gabriel Malla (10, iba en bicicleta), causándole la muerte el 22 de julio de 2013, en Capital. La defensa reclamó, la Corte de Justicia anuló ese fallo y ordenó redactar otro. Y el titular del Primer Juzgado Correccional Alberto Caballero consideró que, al anularse la sentencia, todo se retrotraía al último acto que interrumpía la prescripción de la acción penal, la citación a juicio de 2014, y sobreseyó a Salvá.