Doce años después del escándalo y la indignación sufridos por al menos 154 familias, que entre marzo de 2009 y abril de 2010 pagaron millones de pesos o entregaron vehículos u otros bienes como parte de pago de una casa del IPV que nunca consiguieron, los cinco acusados de ese megafraude se encaminan a salirse con la suya: jamás devolvieron un peso a las víctimas y la Justicia parece que tampoco los alcanzará con un juicio y una eventual condena. El 2 de noviembre de 2018, un tribunal de la Sala I de la Cámara Penal les concedió la probation (suspensión del juicio a prueba) pero sólo uno cumplió (Alejandra Dragui), los otros cuatro no y ahora piden ser desligados con un sobreseimiento por prescripción de la acción penal, es decir que se declare oficialmente que ya nada se puede hacer contra ellos.
Uno de esos acusados es el publicista Pedro Ignacio Roldán Zagarra. A través de su defensa, pidió el sobreseimiento por prescripción en el Juzgado de Ejecución Penal encargado de controlar que pagara $12.000 en 12 cuotas e hiciera trabajos comunitarios. En su escrito, agregó una expresión que a muchos en Tribunales les sonó a burla: mencionó que "desistía" de la probation, como si fuera algo que le concernía decidir a él, indicaron.
Los otros acusados son Carlos Albornoz, presunto líder de las maniobras: había ofrecido una reparación simbólica del daño de $18.000 en 6 cuotas y tareas comunitarias. Marcos Barragán y su madre Miriam Quiroga: habían ofrecido $50.000 cada uno en 18 cuotas y trabajos en favor de un ente de bien público.
La fiscal Marcela Torres se había opuesto inicialmente a darles probation a la mayoría de los imputados por lo "exiguo" del ofrecimiento monetario, entre otros motivos.
Y cuando el año pasado supo que los imputados empezaron a reclamar un sobreseimiento, volvió a oponerse, pidió informes sobre el cumplimiento o no de la probation de cada acusado. Y al enterarse que cuatro de ellos no cumplieron, más de una vez "instó" al tribunal a la realización del juicio, indicaron voceros judiciales.
Por un fallo de la Corte de Justicia, debería ser el mismo tribunal que concedió la probation, la Sala I de la Cámara Penal (ahora con otros jueces), quien revoque ese beneficio y ordene la realización del juicio.
Pero más allá de la revocación, que se da por descontada, entrarán a jugar las interpretaciones sobre los plazos para investigar, juzgar y sentenciar un delito. Fiscalía entiende que aún hay tiempo para juzgar y sentenciar. Otros, en cambio, consideran lo contrario.
La ecuación es la siguiente: el plazo de una investigación se computa desde el día en que se comete el delito y, generalmente, no puede exceder el máximo de la pena: 6 años en el caso de la estafa. Pero existen actos legales que interrumpen esa prescripción y provocan que esos tiempos vuelvan a contarse de cero. Esos actos son: la comisión de un nuevo delito, el primer llamado a indagatoria, la elevación de la causa a juicio, la citación a juicio y la sentencia.
En este caso uno de los hechos que interrumpió la prescripción fue la citación a juicio ocurrida el 20 de diciembre de 2012. En otras palabras, los 6 años de plazo máximo deberían contarse desde ese día hasta el 2 de noviembre de 2018, cuando se concedió la probation, es decir casi 6 años después.
A ese cómputo habría que sumarle los dos años en que se suspendieron los plazos por la probation. Pero ya sería cuestión de interpretación de los jueces si aún hay tiempo o no para hacer el juicio. Los "más generosos" en ese cálculo estiman que, retrotrayendo todo al momento en que se concedió la probation, quedaría apenas 1 mes y 18 días para juzgar y sentenciar sin que prescriba. La última palabra la tiene el tribunal.