El procurador general interino Eduardo Casal dictaminó ayer que le corresponde a la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenir en la demanda que presentó la provincia de La Rioja para que se declare la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del Gobierno de Javier Milei.
"A mi modo de ver, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte", sostuvo el procurador Casal en el dictamen no vinculante que firmó ayer, al que accedió Télam.
"En efecto, toda vez que la provincia de La Rioja -a la que le corresponde la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional- demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal según lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esa instancia, cualquiera sea la materia del pleito. En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal", concluyó Casal.
El Gobierno de La Rioja se presentó ante la Corte el 29 de diciembre pasado y le pidió que dicte una medida cautelar que suspenda de inmediato la aplicación del DNU y que asuma la "competencia originaria" para entender en el asunto, pero el máximo tribunal dio vista al procurador interino y denegó abrir la feria.
La Rioja hizo su presentación a través de una "acción declarativa de certeza" presentada por el gobernador Ricardo Quintela, con el patrocinio como abogados del exministro de la Corte Raúl Zaffaroni y de Raúl Ferreyra. En la "acción declarativa de certeza" La Rioja pidió que se declare "la nulidad absoluta e insanable del decreto n°70/2023 por resultar manifiestamente contrario a la Constitución" y que de manera inmediata "se dicte una medida cautelar que disponga la suspensión total de los efectos". También se solicita a la Corte que ordene al Poder Ejecutivo "no aplicar ninguna de sus disposiciones hasta la resolución definitiva de la presente causa".
La competencia originaria del máximo tribunal se justifica en que en la causa es parte de una provincia que demanda al Gobierno nacional.