Ya fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 1982 del Enargas que informa que dejarán de percibir el Subsidio al “Costo de Gas Importado Decreto 2067/08” por parte del Estado Nacional determinadas actividades industriales como las petroleras, banca, telefonía y actividad bursátil que consuman gas natural para su actividad principal o secundaria. En relación a la actividad minera que se desarrolla en San Juan, la norma consigna que se les quitó el subsidio a partir del 1 de diciembre a todas las explotaciones de minas y canteras, extracción de minerales, extracción de rocas ornamentales, extracción de piedra caliza y yeso, arenas y canto rodado, minerales para la fabricación de químicos y de abonos (excepto turba) y extracción de petróleo, excepto la prospección.