Un plenario de las comisiones de Legislación General y de Justicia de la Cámara de Diputados de la Nación, aprobó recientemente el dictamen para tratar en el recinto, el proyecto de Ley de identidad de género, que habilita a modificar el sexo y el nombre de pila en el DNI de cualquier persona que a su criterio no coincidan con su género autopercibido.

De acuerdo con las firmas obtenidas, el dictamen ha quedado habilitado para ser discutido en el recinto de la Cámara baja y, de aprobarse, será girado al Senado donde no habría mayor oposición ya que el oficialismo es parte de los impulsores de la insólita norma. Es que, como ocurrió en la sanción de la Ley de matrimonio igualitario, en este nuevo proyecto de avanzada hacia la comunidad gay y lesbianas, el garantismo ideológico superó a la lógica de la naturaleza humana.

Es decir, de acuerdo al texto, la norma establecerá que la identidad de género es "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento”, por lo tanto cualquier individuo mayor de 16 años de edad podrá solicitar la rectificación de su nombre, el sexo e imagen registral en todos los registros públicos en los que figuren tales datos y no coincidan con su género autopercibido, sostiene el polémico proyecto.

Es necesario señalar que no basta una simple declaración de la persona, o peor si es de padres de hijos menores, para alterar la sexualidad, porque no es la mera percepción, o una operación de genitales las que definen la composición genética del ser humano. Además, en el individuo las características psicológicas no se define de inmediato e influyen muchos factores en ella a medida que pasan los años. Pero también este proyecto destruye toda la legislación de orden público sobre el sexo y nombre de las personas que rige en el país, dando lugar al engaño y la estafa sexual y contractual. Hasta ahora todos los transexuales que obtuvieron un nuevo DNI han pasado por largos procesos judiciales, con exámenes médicos y psicológicos, lo que se anula de hecho en el proyecto al sostener que "en ningún caso será requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales ni ningún tratamiento psicomédico”.

La enorme complejidad del tema indica que esta iniciativa no puede terminar en otra graciosa concesión de corte populista para beneficiar a un minúsculo sector, sin antes agotar todos los estudios y pronunciamientos científicos y legales. Y menos que el Congreso le dé curso por el peso mayoritario de la representatividad política.