Una corte de apelaciones estadounidense falló ayer a favor de Argentina, rechazando la decisión del juez Thomas Griesa de privilegiar el pago a fondos buitres por encima de bonistas reestructurados.
La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York falló ayer en contra de obligar a Bank of New York Mellon a entregar a los fondos especulativos los 539 millones de dólares que Argentina depositó en 2014 para pagar a los bonistas que sí se acogieron a la reestructuración.
La decisión de ayer supone una importante victoria para Argentina en el litigio que mantiene con fondos buitres. El banco mantiene esos fondos congelados desde finales de junio de 2014 por orden del juez Thomas Griesa, quien consideró entonces que el pago a los bonistas que sí aceptaron los canjes de deuda de 2005 y 2010 era “ilegal” y suponía un desacato a su tribunal. Según Griesa, Argentina debe pagar por igual a los que poseen bonos, sean reestructurados o no.
La Corte de Apelaciones neoyorquina mantuvo su decisión de octubre de 2014 de que los acreedores de Argentina no tienen derecho a apropiarse de esos fondos, en contraposición con la decisión de Griesa, quien atendió el reclamo de los buitres y congeló el pago del vencimiento de la deuda.
Esta es la tercera vez en que esa instancia judicial rechaza una decisión de Griesa: el 10 de agosto último, los jueces que la componen acotaron el alcance de la acción judicial colectiva que habían iniciado los tenedores de bonos en default conocidos como “me too”.
El tribunal de apelación que interviene en el caso de los fondos buitres, rechazó el criterio “agregado” del juez Griesa utilizado en su definición de la acción colectiva (de clase), que incluía a todos los tenedores de bonos en default, y sin tener en cuenta si esos bonos habían sido vendidos en el mercado secundario, luego de los canjes.
Fue la segunda oportunidad en que la Corte giraba al juez Thomas Griesa este pedido y, en ambas oportunidades, le solicitó que acote la definición de la acción de clase contra Argentina, y que tenga en cuenta lo vendido en el mercado secundario en el cálculo del monto del resarcimiento, lo que a la postre terminaría siendo una cifra menor en la cuenta a pagar a futuro de Argentina.
El juez Griesa desoyó a dicha Corte, tal como le reprochó esta última en su sentencia del 10 de agosto: “Luego de que este Tribunal revocara en paneles anteriores, sentencias dictadas por el Tribunal de Distrito a favor de los demandantes, nos remitimos con instrucciones específicas (hacia Griesa, para limitar el criterio de la clase). En lugar de seguir nuestras instrucciones, la Corte de distrito certificó con acciones clases expandidas”. “Por haber hecho esto, decidimos revocar y devolver” al distrito para su revisión, le recriminó la Corte al juez Thomas Griesa.
Fuentes: Efe, Reuters y Télam

