La mente tal vez más esclarecida de la historia, el filósofo Aristóteles, destacó un punto de discrepancia típico entre las personas. Refiriéndose a la felicidad, la señalaba como una aspiración común a todos los humanos. Pero a la vez advertía que, a pesar de esta coincidencia, los desacuerdos comenzaban al momento de definir qué era la felicidad. Y esto es así porque, en este caso la felicidad, se trata de un sentimiento. Estos, representan la cima de la subjetividad humana, ya que se trata de estados de ánimo. Se generan por una superposición de situaciones presentes y pasadas, perspectivas y expectativas, en el fuero más íntimo de cada persona. Y sucede con todos los sentimientos en general, como con el amor y evidentemente también con el odio. Por ello es que utilizar el odio, un sentimiento, como base para una legislación, es dar lugar a una subjetividad sin límites en las interpretaciones para su aplicación.
Desde 2017 rige en Venezuela la "Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia". Más que apuntar a la corrección de lo que alguien pueda interpretar como odio, tal legislación se orienta al castigo. Establece penas de hasta 20 años de cárcel para quien incite al odio, discriminación o violencia. La normativa faculta al gobierno al bloqueo de contenidos digitales, cuando considere que así deba ser. Asimismo, establece cuantiosas multas, como también la revocación de licencias de radio y televisión para quienes quedasen encuadrados en los delitos de esta particular legislación.
El régimen de Maduro, con su Ley del odio, ha avanzado ciertamente hacia los contenidos de los mismos medios de comunicación, con la misma indeterminación solapada, en su Artículo 12: "Los prestadores de servicio de radio, televisión, por suscripción y medios impresos, públicos, privados y comunitarios, están obligados a difundir mensajes dirigidos a la promoción de la paz, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la diversidad. A tal efecto, el Estado podrá ordenarle a los prestadores de estos servicios la difusión de estos mensajes por un tiempo de treinta minutos semanales. En la difusión de estos mensajes se otorgará prioridad a aquellos producidos por productores nacionales independientes y organizaciones y movimientos sociales del Poder Popular".
Es posible que la ciudadanía pueda confundirse respecto a los alcances de una ley semejante. Está concebida para alcanzar a todos y cada uno de aquellos que puedan tener una opinión discordante, o siquiera exhibir un ademán de autonomía. Es conocido el caso del periodista Darvinson Rojas, detenido por 12 días e imputado por "instigación al odio" en marzo de 2020. Este ciudadano sólo había informado sobre la situación del coronavirus en Venezuela. Este caso es un ejemplo de la arbitrariedad que se pone en marcha con una ley de tales características.
