Lo primero que quiso saber la fiscal, Silvina Gerarduzzi, fue porqué se había convocado a una audiencia para tratar un asunto que en la ley procesal (la 754-O) no está prevista. Entonces se produjo un ida y vuelta con el juez Miguel Dávila Saffe (Sala I, Cámara Penal), en tono impaciente y por momentos elevado. El punto medular del cruce, fue que ella entendía que no procedía celebrar una audiencia y que el magistrado debía resolver, porque Fiscalía se había opuesto dos veces, por escrito, al acuerdo conciliatorio entre una pareja de gitanos, Kevin Jovan Castillo y Lorena Mitar, con el hombre al que -se sospecha- habían estafado con la compra de una camioneta Toyota Hilux en 2018, a cambio de un Fiat Palio y $20.000. El acuerdo, de ser convalidado, llevaría a que ambos imputados eviten el juicio y sean desligados con un sobreseimiento.
Gerarduzzi remarcó que el juez no podía citar a esa ‘audiencia sui generis’, no regulada como tal, y que por lo tanto era nula (así lo dejó planteado). También remarcó que ni él ni ningún magistrado es titular de la acción penal (Fiscalía es la que impulsa las investigaciones y el castigo de los culpables) y que su oposición estaba fundada, más allá de que el magistrado compartiera o no esos fundamentos.
Y destacó, además, que Fiscalía no estaba en contra del interés de la víctima, porque ya en 2023 no se había opuesto a que el denunciante recuperara el vehículo, que está secuestrado a disposición del tribunal (el tribunal aún no la devuelve a su dueña). Y argumentó que el interés del Ministerio Público Fiscal es enjuiciar a la pareja de la comunidad gitana.
Estos argumentos para oponerse, fueron reiterados por la fiscal durante la audiencia, que se realizó, de todos modos, porque el juez consideró que existe algún ‘vacío legal’ al respecto.
Según la Fiscal, se opone a que Castillo acuerde con la víctima y sea desligado, por ‘razones de política criminal’. Por la ‘cronicidad’ y la ‘reiterancia’ de este sujeto, es decir por su proclividad a cometer delitos, más allá de que hasta ahora no registre condena alguna porque en los casos de estafa en los que se vio involucrado pudo zafar, pagándole a la víctima un equivalente al perjuicio sufrido. Eso ocurrió en el mes de febrero pasado, cuando engañaron por teléfono a una anciana y le sustrajo joyas. Castillo quedó vinculado a ese caso porque fue el que se apersonó por la casa de la víctima para retirar las joyas. Para zafar, devolvió unos 2 millones de pesos y 6.600 dólares.
En el caso de su pareja, consideró que la forma en la que la imputada busca ser desligada (una ‘adhesión al acuerdo’ entre Castillo y el hombre al que le adquirió la Hilux) no está reglada o normada en la ley procesal.
Lorena Mitar es sospechosa de haber adulterado un documento para hacer aparecer que el auto estaba en regla, cuando en realidad pagó algunas cuotas de la concesionaria en la que lo había adquirido y registraba cuotas pendientes. Por lo tanto, no era la titular del vehículo que, así, seguía sujeto a una prenda en el comercio que lo vendía.
A su turno, el abogado defensor de los imputados, Oscar Adárvez, dijo que el acuerdo entre sus clientes y el hombre que los había denunciado, procedía. Por varias razones, entre las que destacó que, al estar prevista esa solución a los conflictos penales en el artículo 59 del Código Penal, ese cuerpo de normas que rige a nivel nacional debía prevalecer sobre la forma en la que cada provincia regule cómo debe operar. Y porque existen fallos del máximo tribunal de Justicia del país, que avalan ese tipo de salidas, aún en el caso de que el imputado registre condenas en su contra.
Luego de escuchar a las partes, el juez concluyó la polémica audiencia e informó que analizará la situación para decidir, finalmente, si adhiere a la oposición de Fiscalía o si, por el contrario, convalida el acuerdo sin la venia fiscal.