A partir del corriente mes de febrero ha entrado en vigencia en la provincia un nuevo cuadro tarifario para las multas de tránsito con las que se busca, según lo anunciado por el Ministerio de Gobierno, del que depende la Dirección de Tránsito, ordenar la circulación y garantizar la seguridad vial, además de ofrecer incentivos para quienes cumplen con sus responsabilidades y desalentar a los que reinciden con las infracciones de tránsito. Si bien estos objetivos están bien planteados y corresponden al sentido común, se considera que los nuevos valores están lejos del alcance del ciudadano común que pueda resultar sorprendido en alguna irregularidad o infracción, especialmente aquellas que tienen que ver con la documentación del vehículo y no con las condiciones en que se encuentra el conductor del automotor. En este sentido no se puede aplicar una multa de 361.000 pesos por no tener en regla el carnet de conducir lo mismo que por conducir en estado de intoxicación alcohólica. La gravedad de este último caso es evidente, mientras que no contar con el carnet de conductor en regla o no poseerlo en ese momento, es menos graves que conducir alcoholizado o bajo los efectos de alguna droga. Hay que tener en cuenta que por estas mismas infracciones a un conductor de camión se le aplica una multa de 433.000 pesos y al de una moto, 144.400 pesos.
Otro caso que no tiene relación es el de una multa por conducir con exceso de velocidad o a velocidad peligrosa, que asciende a 361.000 pesos, lo mismo que para un vehículo en circulación sin Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente, al que se le aplica una multa con el mismo monto.
El carácter meramente recaudatorio de este sistema de multas puede observarse cuando por circular sin tarjeta de identificación del vehículo se cobrará 216.600 pesos; estacionar en doble o triple fila, 144.400 pesos; circular sin chapa patente en el lugar reglamentario, 72.200 pesos o falta de chaleco reflectante, en caso de las motos, 144.400 pesos.
Hay otras multas un poco más justificadas, pero en su gran mayoría sancionan aspectos vinculados a la documentación y al equipamiento del vehículo y no a la forma en que se lo conduce.
Salvo la multa por conducir en estado de intoxicación alcohólica y a velocidad peligrosa, que realmente pone en riesgo la integridad de conductores, terceros transportados y de la gente que circula por la calle, el resto tiene montos exorbitantes que difícilmente puedan ser abonados por un gran número de propietarios de vehículos.
