La polémica ocurrió cuando Fiscalía mencionó que los dos ataques contra la propiedad atribuidos en un juicio abreviado al imputado Carlos Ezequiel Landa, habían sido calificados como robos simples, es decir como hechos en los que el delincuente se apodera de un ‘bien total o parcialmente ajeno, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas’. Para el juez de Garantías, Eugenio Barbera, sin embargo, la descripción de ambos ataques realizada por el fiscal, Leonardo Villalba, y el ayudante fiscal, José Luis Salinas (UFI de Delitos contra la Propiedad) encajaba más en lo previsto por el artículo 167 inciso 3, considerado agravado porque el autor perpetra el robo con ‘perforación o fractura de pared, cerco, techo o piso, puerta o ventana de un lugar habitado (…)’.
Las diferencias entre una y otra calificación no solo se evidencian en la tipificación de la figura, sino también en la pena: el robo simple tiene castigos de entre 1 mes y 6 años. Y el robo agravado por efracción tiene un mínimo de 3 y un máximo de 10 años de condena.
Para el magistrado, pareció quedar en claro (así se lo hizo notar a Fiscalía) que tanto el robo perpetrado por Landa la tarde del 11 de agosto pasado en la casa de Capital, del exrector de la UNSJ y exsecretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva de la Nación, Tulio Abel Del Bono. Como el que cometió el 21 de agosto por la mañana en la vivienda de una familia Allaime, también en Capital, configuraban robos agravados, porque en ambos casos Landa había roto puertas para ingresar.
De la casa de Del Bono robó dos notebooks; de la de Allaime (en la que había un menor) sustrajo otra notebook, una consola de videojuegos, dos joysticks, un teléfono, un chaleco y un bolso de viaje. En ambos casos, Landa quedó muy complicado, porque tras el ataque a la casa del exrector fue captado por la cámara de un vecino; y fue reconocido en fotos por el robo contra los Allaime. Es más, cuando lo apresaron, el 6 de setiembre pasado, tenía puesto el chaleco sustraído a esa familia.
Luego de que el juez hiciera notar esa diferencia, Fiscalía insistió en que los ataques configuraron robos simples, para los que pidieron 2 meses de prisión efectiva, tal como habían acordado con Landa y su defensor, Mario Morán.
Finalmente, el juez aceptó la calificación de Fiscalía, condenó a Landa por ambos hechos y también admitió la unificación, en 5 años de pena efectiva, que le proponían, pues Landa ya registraba otra pena de 4 años y 10 meses. Esta última condena, impuesta en setiembre pasado, también resultó de unificar un castigo de ejecución condicional por tentativa de robo agravado con otro por robo calificado por escalamiento de cumplimiento efectivo.