Un Tribunal de Impugnación revocó, por mayoría, la absolución por el beneficio de la duda en abril pasado a favor de un empleado municipal, para quien Fiscalía buscaba un castigo de 15 años. Y en medio de críticas, revocó esa sentencia de otro tribunal y lo condenó a 9 años por tres hechos de abuso sexual contra su nieta (entre los 8 y los 17 años). A saber: abuso sexual gravemente ultrajante, abuso sexual con acceso carnal y abuso simple, todos agravados por el vínculo y por el grave daño en la salud mental de la víctima, dijeron fuentes judiciales.

Votaron en mayoría los magistrados Maximiliano Blejman y Silvina Rosso de Balanza, quienes calificaron de ‘autocontradictorio y arbitrario’ el fallo de los jueces Gerardo Fernández Caussi, Sergio López Martí y Javier Figuerola. No ordenaron la prisión preventiva del imputado porque no lo había solicitado el fiscal Mariano Juárez Prieto (eso le impidió pedirlo también a la fiscal Marcela Torres) y, por ley, los jueces de Impugnación no pueden ir más allá de los planteos de las partes, precisaron. En minoría, el juez Juan Carlos Caballero Vidal entendió que dos de los episodios fueron abusos simples y no gravemente ultrajantes ni tampoco violación (por introducción de dedos). Y consideró que estuvo bien absuelto por el abuso simple. Así, votó por condenarlo a 3 años sin encierro.

El tribunal que absolvió fue criticado por decir que el testimonio de la chica (hoy tiene 19 años) era creíble, pero no suficiente. Y por no tener en cuenta que en casos de abuso los márgenes para probar el delito se amplían, dando cabida a otras pruebas, como las personas que la escucharon (al menos 6), el testimonio de tres expertos en salud mental que detectaron en ella signos de haber sido abusada y, sobre todo, veracidad en sus dichos. El propio tribunal presenció el relato de la chica, muy conmocionada.

”Habría que preguntar o exigir a la próxima víctima que se presente a declarar con una filmación o alguna prueba más contundente, que indique haber sido víctima de un vejamen sexual. Es inconcebible la falta de análisis con perspectiva no solo de género, sino de violencia contra menores de edad, con el que el Tribunal analizó los dichos de la testigo’, cuestionó en su voto el juez Blejman.