La duda que sirvió para cerrar con un sobreseimiento a un exalumno implicado en el resonante caso abierto el 10 de mayo de 2023, tras la denuncia por el presunto abuso sexual sufrido por una chica con discapacidad (tenía 15 años) en los baños del Colegio Luján, parece que será también la piedra lapidaria de esa causa. Según fuentes judiciales, el juez del Tribunal de Impugnación, Benedicto Correa, confirmó el sobreseimiento de Lucas Matías Salinas Gómez (19). Fiscalía había pedido que este joven fuera desligado, porque las pruebas recabadas no reforzaban la sospecha de que hubiera sido el atacante y, en consecuencia, no alcanzaban para mandarlo a juicio.

Ante esa salida, los abogados de la familia de la víctima habían apelado la decisión de desvincular a ese joven, que inicialmente se mantuvo prófugo. Los letrados Agustín Idemi y Guillermo Toranzo, plantearon la existencia de nulidades absolutas y violación a normas constitucionales, cuando cuestionaron la forma de actuación en el caso de Fiscalía. E insistieron en que el caso no debía ser cerrado, porque la jovencita había identificado sin dudar a Salinas Gómez como el chico ‘ruludo de pelo negro y anteojos’ que le había metido los dedos en sus genitales cuando ella estaba en el baño. También criticaron que los psicólogos dijeran que la menor no fabulaba ni mentía y que, a la vez, se concluyera que no presentaba signos o indicadores de abuso sexual.

El fallo del juez Correa no fue cuestionado y el sobreseimiento del exalumno ya quedó firme.

La fiscal Ingrid Schott había entendido -sin embargo- que la prueba del reconocimiento, por sí sola, no alcanzaba para incriminar al exalumno. Que del informe médico no se desprendía que la chica hubiera sufrido lesiones en sus genitales a causa de algún ataque sexual. Y porque dio negativo un cotejo de ADN entre los genes del entonces sospechoso con el de la sangre hallada en la bombacha de la chica. Ese material genético fue suficiente para determinar que se trataba de un hombre, pero no para establecer a quién pertenecía.

Por esa razón fue que, al no haber más pruebas para producir para esclarecer el caso y ser insuficientes las recabadas hasta entonces para elevar la causa a juicio, Fiscalía y finalmente el juez de Garantías del caso, Eugenio Barbera, decidieron aplicar un principio fundamental del derecho penal: en caso de duda se debe resolver a favor del imputado, que en este caso pasó 1 mes y medio detenido por el caso.