A partir de hoy, la AFIP habilitará a los contribuyentes a ingresar al Siradig, el sistema web del organismo fiscal para registrar todas las deducciones del impuesto a las ganancias, no sólo con clave fiscal, sino también vía home banking.

 

"El home banking se podrá usar ahora como mecanismo de autenticación", explicaron en la AFIP. "En la web del banco habrá una opción de «servicios AFIP» y ahí se abrirá otra pestaña; será lo mismo que acceder al Siradig a través de la AFIP y con clave fiscal", anticiparon.

 

La novedad llega sólo días antes de que venza el plazo para informar las deducciones correspondientes a 2016. Habitualmente, los contribuyentes tenían hasta el 31 de enero para cargar en la web de la AFIP todas las deducciones, pero este año, como consecuencia de la reforma aprobada a fines de 2016, el plazo se extendió hasta el 31 de este mes. Se puede deducir, por ejemplo, el gasto en prepagas y los gastos médicos (una visita a un médico particular, siempre y cuando se cuente con factura) o cargas de familia, entre otros conceptos.

 

Las cargas de familia, a diferencia de lo que sucedía antes, se trasladan automáticamente al sistema de la AFIP, pero el contribuyente debe confirmarlas.

 

El organismo recaudador aclaró que sólo uno de los cónyuges puede deducir a los hijos, y siempre y cuando sean menores de 18 años (antes era hasta los 24) y, además, los hijos no tengan ingresos anuales superiores a la ganancia mínima no imponible ($ 51.967).

 

La AFIP, de hecho, hizo una campaña de inducción en las últimas semanas poniendo en evidencia casos en los que, suponía, se habían computado cargas de familia que no deberían haberse cargado.

 

"Detectamos gente que ponía a cargo hijos con ingresos superiores a la ganancia mínima no imponible o que tenía una abuela a cargo, y no correspondía", explicaron fuentes de la AFIP ​​​​​​. "Como el ejercicio ya está por concluir, antes del 31 de marzo -recomendó- se deberían dar de baja las cargas de familia, así el empleador hace el ajuste de lo que se dedujo de más. Si no, esa persona va a tener que inscribir en Ganancias y pagar la diferencia."

 

A partir de este año, los contribuyentes podrán además deducir los alquileres, siempre que sea de vivienda única, la persona que lo deduzca figure en el contrato de alquiler y no sea titular de otros inmuebles. El límite anual es de 51.967 pesos.