Este jueves, el INDEC ha informado sobre la Ocupación Hotelera en la Argebntina. Durante noviembre de 2020 se hospedaron 126.945 viajeros con fines turísticos, que sumaron 323.628 pernoctaciones.
Esto implicó una sensible baja de 93,2% en comparación al mes anterior y 92% interanual.
Como es de público conocimiento, a partir del 20 de marzo se establecieron restricciones a la circulación de las personas en todo el país con el objetivo de reducir la exposición al contagio de la COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria.
De acuerdo a la emergencia pública en materia sanitaria con el fin de adoptar medidas tendientes a desalentar el movimiento de la ciudadanía con fines turísticos en el territorio nacional, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación resolvió limitar la actividad de los establecimientos hoteleros.
En normas posteriores se modificaron las restricciones. La provincia de Jujuy fue la primera que
permitió la apertura de la actividad turística interna durante los últimos días de mayo. A partir de junio, mediante el decreto de necesidad y urgencia n° 520/203 y sus sucesivas prórrogas, el Estado nacional dispuso un nuevo marco normativo para las zonas en donde no exista circulación comunitaria de SARS-CoV-2, en las cuales regirá el distanciamiento social, preventivo y obligatorio en la medida que se verifiquen parámetros epidemiológicos y sanitarios, y donde el sistema de salud pueda dar respuesta suficiente y adecuada a la demanda sanitaria.
En este contexto, algunas provincias autorizaron la apertura de establecimientos para el turismo
interno con fines recreativos, sujeta a las condiciones y limitaciones que se establecen en los protocolos sanitarios de los rubros vinculados al sector turístico. Cabe aclarar que la habilitación de la actividad estuvo limitada principalmente a los turistas residentes de la localidad, el corredor o la provincia y a algunas localidades dentro del territorio provincial o bien delimitada por corredores turísticos, respetando las disposiciones y recomendaciones jurisdiccionales correspondientes. Sin embargo, a raíz del incremento de casos, varias provincias volvieron a deshabilitar el turismo interno.
El 15 de octubre, se habilitó nuevamente la operación de los servicios de transporte aéreo de cabotaje para quienes desarrollan tareas esenciales, personas que deban realizarse tratamientos médicos y otras que exhiban “razones de fuerza mayor”. El 29 de octubre se publicó la decisión administrativa nº 1949/205 con la finalidad de adoptar medidas para la reanudación gradual de la actividad turística a nivel nacional, donde el Gobierno estableció la instrumentación de una prueba piloto para la reanudación del turismo receptivo en el Área Metropolitana de Buenos Aires, acotando la procedencia a los países limítrofes.
Durante noviembre, las provincias de Chaco, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, San Juan, San Luis y Tierra del Fuego permitieron el turismo intraprovincial, durante todo el mes o solo una fracción. En el resto de las provincias se observaron aperturas de establecimientos solo para dar alojamiento a viajeros que se trasladan por motivos laborales, de estudio, de fuerza mayor o que requieren hospedaje debido a tratamientos de salud –no asociados a la COVID-19– en localidades distintas a su residencia habitual.