La Corte de Justicia declaró inconstitucional el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (IGMP), por entender que el Fisco no puede desacreditar las pruebas e ignorar las pérdidas que tuvo un contribuyente si así lo demuestra. La Suprema tribunal criticó la redacción de la ley que creó ese impuesto por ser poco "clara y precisa", y advirtió que es necesario que el Estado sea especifico a la hora de sus requerimientos fiscales.

La Corte resolvió así un fallo que analizaba el reclamo de los dueños del Hotel Hermitage, que planteó que no había tenido capacidad contributiva durante los períodos fiscales 1995, 1996 y 1998 y que, sin embargo, el Fisco le estaba aplicando una alícuota del 1% sobre sus activos, aún cuando esas ganancias no se habían concretado. La empresa acudió a la Justicia en primera instancia que le dio la razón al Estado, pero la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones revocó el fallo y declaró inconstitucional la ley que creó el IGMP.