La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está tras los pasos de «Carlos», el hombre que increíblemente olvidó un maletín con una fortuna en un colectivo sanjuanino la semana pasada, según fuentes que investigan el caso.
El fisco lo está investigando por el presunto delito de evasión, por los impuestos que probablemente se dejaron de pagar por el traslado de 1,8 millones de pesos, la cifra que el tal Carlos dijo que llevaba en el maletín. Además, porque puede haber violación de la Ley Antievasión, al utilizarse efectivo para el pago de gastos y compras mayores a $1.000.
El caso fue muy sospechoso: El hombre llamó a este diario por teléfono -no dio su apellido ni su teléfono- para agradecer al chofer del micro de la línea 28 de la empresa Albardón, por haberle devuelto la maleta que según dijo, contenía $1,8 millones. Dijo que la plata pertenecía a la empresa en la que trabaja y que eran para comprar tierras para plantar olivos. Hasta ahí, poco creíble.
Pero luego se convirtió en un caso aún más insólito cuando Alberto Ríos, el chofer, admitió que abrió el maletín y que vio "muchísimos billetes, algunos eran pesos, otros dólares y otros euros, pero no sé cuánto era" (ver aparte).
El caso tomó trascendencia nacional y no se escapó de la lupa de la AFIP, que piensa que está tras una maniobra de evasión, un delito por el que puede ir preso tanto el que compra como el que vende en negro.
Fuentes de la investigación no descartan ninguna hipótesis: Aunque parezca raro transportar una fortuna en un micro, es inobjetable que es una buena manera de llevar mucha plata sin levantar sospechas."Y si se llega al extremo de olvidarse el maletín es porque se trata de dinero que se puede recuperar fácilmente, porque proviene del narcotráfico o de venta de armas", dijo la fuente. La meta del fisco es averiguar si el caso es real, de dónde provienen los casi 2 millones, si pagaron impuestos, y si la supuesta compra se hizo en el circuito financiero legal, o sea, en blanco.
Impuestos y evasión
La ley 25.345 -Ley Antievasión- que rige en Argentina pone límites a las operaciones en efectivo: establece que no surtirán efectos entre partes ni frente a terceros los pagos totales o parciales de sumas de dinero superiores a 1.000 pesos, o su equivalente en moneda extranjera, que no fueran realizados mediante: Depósitos en cuenta de entidades financieras, Giros o transferencias bancarias; Cheques o cheques cancelatorios; Tarjetas de crédito, compra o débito; Factura de crédito u otros procedimientos que autorice el Poder Ejecutivo Nacional. Tampoco son válidas las operaciones realizadas ante un escribano para obtener escrituras públicas, por cifras mayores a $ 10.000 o su equivalente en moneda extranjera.
Pero además de las operaciones autorizadas para hacer compras en efectivo, las maniobras de evasión se traducen puntualmente en los siguientes impuestos que la AFIP deja de percibir:
* El impuesto al Valor Agregado, Ganancias y Bienes Personales.
* El impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, que es del 6 por mil y que debe pagar tanto el que compra, al emitir un cheque o realizar una transferencia, como el que vende.
