Tras la aprobación en la Cámara de Diputados de la Nación del proyecto que otorga una pensión graciable para las personas que fueron víctimas de detención ilegal por razones de carácter político o sindical hasta el 10 de diciembre de 1983, en San Juan ya hay anotadas 79 personas que están en condiciones de acceder al beneficio. El dato es de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia, a cargo de Hugo Zalazar, que lleva un registro de quienes están en condiciones de contar con la ayuda. El número se puede ampliar porque según un informe del Juzgado Federal de San Juan, son 262 los expresos políticos en la provincia, pero la decisión de registrarse es voluntaria.

La ayuda está pensada para personas que hayan sido privadas de su libertad en condición de civiles o militares, condenadas por un Consejo de Guerra, puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional o privadas de su libertad por las Fuerzas Armadas o de Seguridad, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.

Según figura en el texto de la norma, la pensión graciable es de carácter independiente de cualquier otra reparación, sin perjuicio de la indemnización que cualquier persona hubiera podido cobrar. En el caso de San Juan hay un antecedente al igual que en otras provincias, como Buenos Aires, Misiones, Mendoza y Córdoba (ver aparte).

De acuerdo con la flamante ley, los expresos políticos estarán en condiciones de cobrar una pensión mensual “igual a la remuneración asignada a la categoría D del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional”, que en la actualidad ronda los 6.000 pesos.

A nivel nacional estiman que serán unos 2.000 los potenciales solicitantes, aunque otros calcularon que podrían superar los 10.000.

Para la confección de registro en la provincia tuvo que ver el impulso de la Asociación Sanjuanina de Expresos Políticos (ver aparte).

La Subsecretaría de Derechos Humanos dictó en febrero de este año la primera resolución para confeccionar el censo. Desde entonces hasta ahora 79 personas se han anotado, de las cuales hay 64 hombres y 15 mujeres. Pero los interesados pueden concurrir para registrarse al tercer piso del Centro Cívico, de 7 a 13.

En caso del fallecimiento del beneficiario, podrán ser acreedores a la pensión el cónyuge o la concubina, los hijos menores al momento del deceso y hasta la mayoría de edad y los hijos incapacitados mientras dure la incapacidad.