En San Juan, la minería es uno de los sectores junto con la agroindustria, que resultan beneficiados por la posibilidad de disponer libremente de los cobros de ventas al exterior.

 

No todas las medidas del Gobierno nacional levantan polvareda. A diferencia de lo que sucedió con la iniciativa de aplicar un impuesto de entre el 10 y 17% al vino que finalmente fue eliminado, o del próximo aumento de la electricidad que ha despertado el rechazo unánime de la cadena agroindustrial que ya reclama excepciones, hay una disposición emitida hace unos días por la gestión de Macri que cayó bien a todos los exportadores. Se trata del decreto 893 que eliminó la obligación de liquidar en el mercado de cambios del país las divisas provenientes de exportaciones de bienes, servicios y materias primas, un sistema que tiene medio siglo de vigencia (ver aparte).

La medida empezó a correr este mes y permite que los exportadores puedan disponer libremente de los cobros de sus ventas al exterior. Eso implica que pueden negociarlas en el país o en el exterior, por pesos o por otras divisas, ingresarlas a cuentas en el país o dejarlas en cualquier otro país.

Desde enero el plazo máximo para liquidar divisas era de 10 años, luego de que el Gobierno previamente extendiera el plazo de 30 días a cinco años en los primeros meses de 2016. Ahora rige la libertad total. En San Juan el sector minero es uno de los que está contento. “”Esto es libertad de poder disponer de tu patrimonio. Ahora las empresas tienen la libertad de ingresar la plata que necesiten para sus trabajos, no toda la que obtenían por la exportación como era antes”, celebró Jaime Bergé, presidente de la Cámara Minera de San Juan. Este sector fue uno de los que más rechazó la medida cuando se aplicó en 2011, incluso la señalan como una de las causas que desalentó la llegada de más inversiones. En el 2012, cuando se achicó a 30 días el plazo para cambiar los dólares a pesos, las mineras cesaron las exportaciones y stockearon, lo que redujo por varios meses los ingresos por regalías a la provincia.

En el sector agroindustrial también cayó bien. Antonio Gimenez, titular de la Cámara de Exportadores dijo que el impacto más fuerte en ese sector es la posibilidad de ingresar dólares y no tener la obligación de cambiarlos a pesos como era antes. “Si hay inflación el exportador no tiene la necesidad de transformar las divisas en pesos en un determinado momento, sino esperar hasta cuando necesite hacerlo”, explicó el exportador. “”Nos parece bien. A nadie la gusta que el Estado nos diga qué hacer con nuestro dinero y es lo mismo para el exportador”, señaló.

 

La norma
 

El decreto 893/17, publicado en el Boletín Oficial, elimina la obligación que tenían los exportadores de negociar -en plazos perentorios- sus divisas en el mercado oficial de cambios y que se controlaba a través del sistema SECOEXPO del Banco Central de la República Argentina, aplicándose a los “infractores” la Ley 19.359 (ley penal cambiaria).

 

 

Medio siglo de idas y vueltas

 

La historia de las liquidaciones de divisas fue variando de acuerdo a las necesidades de los gobiernos de turno. La decisión del gobierno actual cierra así un capítulo de la historia económica argentina, que comenzó en 1964 y que, salvo el interregno 1991-2001, dificultó las exportaciones en general, tanto por los exiguos plazos que imponía para cobrar las divisas al comprador del exterior y su negociación por pesos en el mercado de cambios, como por el incremento de costos de administración y legales soportados.

*1964: El gobierno de Arturo Illia, apremiado por la necesidad de evitar la distorsión del mercado de divisas y proteger el valor de la moneda argentina, promulgó el decreto 2581, que en su artículo 1º declaraba la obligatoriedad de liquidar la totalidad de las divisas provenientes de las exportaciones mineras y energéticas en el mercado único de cambios, al igual que el complejo agroexportador.

*1985: El entonces presidente Ricardo Alfonsin, a través del decreto 1555, condicionó en 1985 el reintegro de impuestos a los exportadores a que las divisas generadas por las operaciones de exportación ingresaran al país y fueran depositadas en una cuenta bancaria de una entidad financiera sujeta a fiscalización del Banco Central.

*1989: Mediante el decreto 1589, Carlos Menem eliminó esa obligación de liquidar el total de las divisas en el ámbito interno a todas las exportaciones agroindustriales, y otorgó libre disponibilidad del 70% de las divisas generadas por exportaciones de petróleo.

La apertura se completó en 1991, siempre con el peronismo en el poder, cuando el decreto 530 de Menem le otorgó al sector minero-energético la libre disponibilidad del 100 por ciento de sus dólares.

*2001: El presidente De la Rúa retomó la línea de sus antecesores Illia y Alfonsin, y emitió el decreto 1606 revalidando la obligación de los exportadores de hidrocarburos de liquidar el 100% de las divisas producidas por las exportaciones de petróleo y sus derivados.

*2002 Eduardo Duhalde sanciona el decreto 2703, que favorece a petroleras y mineras con la posibilidad de liquidar sólo el 30% de las divisas obtenidas por las exportaciones.

*2004: Néstor Kirchner ratificó con su decreto 753 la excepción a todas las exportadoras de liquidar obligatoriamente las divisas en el país.

*2011:Mediante el decreto 1722 Cristina Fernández dejó sin efecto la norma estampada por su esposo obligando de nuevo a los exportadores del agro, petroleras y mineras a volcar todos sus dólares al mercado interno. (Fuente: Página 12)