Buenos Aires.- Aquellas personas que hayan comprado dólares, viajes o hayan hecho compras en dólares en el exterior durante el año pasado y no paguen los impuestos a las Ganancias o Bienes Personales, deber hacer un trámite en la página de la AFIP para que le sean devueltos los porcentajes retenidos (20% para la adquisición de moneda o 35% para la compra afuera).
Para poder concretar la operatoria es fácil y debe contarse con
CUIL y CUIT
Contar con Clave Fiscal
Tener registrados y aceptados sus datos biométricos.
Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria para cobros de origen tributario.
Cómo se hace el trámite:
Ingresar a la página de AFIP y poner la clave fiscal
Una vez cargada la clave, ir a ‘Mis aplicaciones web’
Organismo: AFIP
Tipo Formulario: Declaración Jurada
Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias
Versión: seleccionar la vigente.
Período Fiscal: indicar el período por el cual se solicita la devolución, con el formato AAAAMM.
Luego ACEPTAR
A continuación el sistema mostrará el detalle de percepciones registradas en el sistema Mis Retenciones para ese período. Tildar la que se desea tramitar en devolución.
En caso de que existan percepciones no registradas en el sistema, se pueden ingresar seleccionando: AGREGAR PERCEPCIÓN.
Para realizar la carga deberá informar:
Origen Tarjeta
Fecha de Pago del resumen y/o liquidación/Fecha de débito
Monto de la percepción.
Una vez realizada la carga completa de datos, seleccionar el botónGRABAR, que se encuentra en el margen superior de la pantalla.
Al finalizar la carga presionar el botón PRESENTAR.
El sistema preguntará si se confirma la presentación y luego informará que la presentación ya fue realizada. Aceptando este mensaje se podrá visualizar el acuse de recibo de la presentación.
Fuente: Minuto Uno