Este mes empiezan los vencimientos del impuesto a los Bienes Personales del 2011. Si bien este impuesto fue creado para gravar la riqueza, en la actualidad la falta de ajuste del mínimo no imponible desde el año 2007, sumado a la inflación que ha aumentado el valor de viviendas y autos, hacen que una buena parte de la clase media esté alcanzado por este obligación ante la AFIP. Aunque es ignorado, este año quedarán incluidos hasta empleados en relación de dependencia, autónomos y hasta algunos jubilados. En la AFIP no hay datos de cuántos sanjuaninos deberán pagar el impuesto, pero cada uno deberá fijarse en sus bienes y lo que gana para no sufrir sorpresas en el futuro cuando lleguen las intimaciones de AFIP. A continuación, lo que hay que saber para averiguar si está alcanzado por el impuesto.
1- BIENES: Todas las personas tienen obligación de declarar sus bienes personales al fisco cuando éstos superen los 305.000 pesos. Ese importe quedó muy bajo de acuerdo a los incrementos de precios, por lo que ya no se garantiza como antes que una familia de clase media que posea un inmueble destinado a vivir, y un automóvil nuevo no quede alcanzado por el impuesto. Por ejemplo, según fuentes del sector inmobiliario, una casa de barrios medios como el Natania cuestan desde 360.000 pesos, por lo que basta ser propietario de este bien para tener que pagar el impuesto. ‘’Se ha producido un salto importante en la valuación de todos los inmuebles desde el 2007 hasta ahora, por eso este año existirán más contribuyentes alcanzados por Bienes Personales’’, aseguró el contador Andrés Pantano.
2-CÓMO CALCULARLO: ¿Qué valor de la casa hay que tomar de referencia para calcular el impuesto? La ley dice que es el valor de escrituración neto de depreciaciones, o el avalúo fiscal que figura en la boleta del Impuesto Inmobiliario de la DGR, el que sea mayor. Cuando se está pagando la casa al IPV o tiene un crédito hipotecario otorgado para la compra o ampliaciones, podrá restarse al valor de la casa el importe adeudado al 31 de diciembre de 2011. En el caso de los autos, Rentas actualizó sus bases imponibles, por lo que el contribuyente puede fijarse el avalúo fiscal que tiene el coche en la boleta del Impuesto Automotor. También se encuentra la información en el Título de propiedad del auto y en la factura de compra o boleto de compraventa. La AFIP también publicó la tabla de valuaciones (RG 3280/12, Anexo I) mínimas para automotores, motocicletas y motos, para la determinación del impuesto.
3- CUÁNTO HAY QUE PAGAR: Una vez sumado el importe de los bienes que posee la persona (ver infografía con el ejemplo), el impuesto a pagar resulta de aplicarle una alícuota progresiva según los montos gravados: Para más de $305 mil a $750 mil, es el 0,5%; de $750 mil a $2 millones se aplica el 0,75%. Luego, para montos de entre 2 y 5 millones de pesos, es el 1%; y para más de $5 millones el impuesto alcanza al 1,25%.
4-EMPLEADOS: Todos los empleados que trabajen en relación de dependencia, y también los jubilados, aún cuando no posean bienes por $305 mil deben presentar la declaración jurada del impuesto cuando los ingresos sean iguales o superiores a 96.000 pesos brutos (sin descuentos) en el año.
5-VENCIMIENTOS: Arrancan el próximo 16 de abril según la terminación del CUIT. Los empleados en relación de dependencia tienen tiempo hasta el 30 de junio.
