La Constitución Provincial que rige actualmente en San Juan, fue dada, firmada y sellada en la Ciudad San Juan, Sala de Sesiones de la Honorable Convención Constituyente, a los 23 días del mes de abril del año 1986. Comenzó a regir a partir del 1 de mayo de 1986 y reemplazó a la sancionada en 1927. Se dispuso que el Poder Ejecutivo mandase a imprimir 5000 ejemplares para su distribución. Una vez sancionada y firmada por el Presidente de la Honorable Convención Constituyente, por los Convencionales que quisieron hacerlo y refrendada por los Secretarios, se remitió un ejemplar auténtico a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Dentro del término de 8 días de su sanción, según prevé el Art. 279º en su Inc. 15, se cumplió con la publicación íntegramente de esa Constitución en el Boletín Oficial.

La mayoría de los sanjuaninos no conocemos ni hemos leído nunca nuestra Constitución Provincial. Se ha hecho muy poca docencia en este sentido. En cambio, la mayoría hemos leído o estudiado alguna vez un texto de nuestra Constitución Nacional. Buscando una expresión muy usada por los jóvenes de nuestro país en los últimos tiempos para referirse a distintos aspectos de la vida, podríamos decir que "esto no es bueno". Realmente no lo es. Hay en +esto+ un defecto grave en la educación pública sanjuanina y más allá del sistema de enseñanza los maestros y profesores le deben al pueblo que les sostiene, una profunda, seria y responsable autocrítica. Mucho pico leguleyo desde la posición político-gremial pero carente de la autoridad intelectual en frente del aula.

Este sayo debe caernos a todos los sanjuaninos, a los padres, funcionarios públicos de todo orden y nivel, periodistas y escritores, dirigentes políticos y gremiales, de la sociedad intermedia, a maestros, profesores y ministros de Educación específicamente y a quienes tienen la alta responsabilidad de conducir los tres poderes del Estado. El viejo apotegma que nos indica "primero es lo primero", ha tenido escasa valoración en la adultez ciudadana de nuestro pueblo que en su indolente acción de pronto se encuentra en medio de un debate colmado de supuestos porque el conocimiento que hace a la vida de un pueblo no se adquiere torpemente a los ponchazos.

Haremos hincapié en el artículo 277º de la Constitución Provincial, puesto en acto hace escasas semanas, confundiéndose el tranquilo terruño sanjuanino con las hojas de su típico otoño entremezcladas con volantes referidos a la consulta del 8 de mayo. El inanimado ser que salía de su invernadero recobrando vida para sorpresa de muchos, se presentaba en sociedad diciendo que "la enmienda de un solo artículo puede ser sancionada por el voto de los dos tercios de la totalidad de los miembros de la Cámara de Diputados y el sufragio afirmativo del pueblo de la Provincia, convocado al efecto en oportunidad de la primera elección que se realice, en cuyo caso la enmienda quedará incorporada al texto constitucional. Reforma de esta naturaleza no pueden llevarse a cabo sino con intervalos de dos años por lo menos". Cómo habrá sido el cimbronazo en la sociedad política sanjuanina que hasta los que estaban en cómodos asientos sintieron clavos en los glúteos porque van de mesa en mesa y de café en café levantando la bandera del fundamento y de la verdad. Ocurre que cuando la verdad va de boca en boca con distintos oferentes que exponen sobre un mismo temas de modos tan diferentes, hasta la relativa subjetividad de toda verdad se pierde para aflorar el chamullo que en la historia de los pueblos jamás sirvió para transformar realidades sino que fueron parte de males inimaginables para las comunidades que no tienen derecho a soportarles. Lo increíble es que hemos visto y oído a señores miembros de la Honorable Convención Constituyente de 1986 opinar total y diametralmente distinto y opuestos unos de otros al referirse al texto constitucional que suscribieron juntos aquella vez, pero que hoy, a la distancia, hasta tienen el tupé de confundir a un pueblo ávido por recibir una orientación, al menos.

A medida que pasan los días, el tema de si corresponde o no la enmienda se va agotando en sí mismo y el pensamiento cultiva otros elementos en vísperas de la concurrencia obligatoria para sufragar el día 8 de mayo. Los interrogantes se plantean otra alternativa que giran en torno a si se respalda otra gestión del actual gobernador con el sí (afirmativo) o si se la rechaza con el no (negativo). La discusión del 277 ya parece harina de otro costal.

(*) Escritor.