El Congreso chileno aprobó la primera ley de uniones civiles o de hecho, que regula la convivencia y crea un nuevo estado civil accesible a parejas heterosexuales y homosexuales, una demanda histórica de la comunidad gay en el vecino país, pero a diferencia de la legislación argentina no habrá "matrimonio igualitario" y tampoco el derecho a la adopción.

Este ordenamiento se observa a nivel internacional como un justo equilibrio entre los reiterados reclamos de las organizaciones de defensa de homosexuales, entre otras, y del sentimiento de una sociedad conservadora de firmes convicciones católicas. Por eso Chile fue uno de los últimos países occidentales en reconocer legalmente el divorcio, en 2004, y no permite el aborto en ninguna circunstancia.

Tras cuatro años de tramitación durante la gestión de Sebastián Piñera y con un amplio respaldo legislativo en el actual gobierno socialista de Michelle Bachelet, se sancionó la semana pasada el denominado "Acuerdo de Unión Civil", que hace posible a las parejas que conviven sin estar casadas compartir bienes a nivel jurídico, recibir herencias y pensiones, o ser carga en el sistema de salud, entre otros derechos básicos. En caso de que la madre o el padre biológico esté inhabilitado, el cuidado de menores se otorgará teniendo en cuenta el interés mayor del niño o niña, dando prioridad a los convivientes o cónyuges, una medida reivindicada por las organizaciones de homosexuales.

El derecho a adopción no está incluido en la ley, pero el Estado reconoce que una pareja del mismo sexo también constituye una familia y merece protección, en tanto las uniones de hecho entre heterosexuales, que hasta ahora solo podían optar al matrimonio, gozarán de una unión civil plena celebrada ante un juez. De esta manera Chile se suma a países como Brasil, Colombia y Ecuador que permiten las uniones civiles entre homosexuales, y a la Argentina y Uruguay, que aceptan directamente el matrimonio homosexual.

Los matrimonios entre homosexuales celebrados en países donde está permitido, serán inscriptos en Chile bajo el Acuerdo de Unión Civil, esta nueva institucionalidad coherente que diferencia muy bien y garantiza los derechos de una pareja de cualquier tipo, pero pone a resguardo la institución del matrimonio como célula básica de la sociedad.