El hecho de sangre del que fue víctima el reo Mario Iván Jácamo, en ocasión de asaltar con un cómplice una carnicería en Rawson, el miércoles último, conmocionó a la sociedad sanjuanina ante el riesgo de otorgar "salidas transitorias" a delincuentes que purgan condenas sin una evaluación sobre el peligro potencial que la medida conlleva.

Se suma a este estado de indefensión de la ciudadanía, la reacción de los amigos y parientes del malhechor con un ataque a la Seccional 24ta donde hirieron a tres policías y causaron daños en vehículos y desmanes con la intención de ingresar a esa dependencia policial ajena al episodio, ya que no actuó en el procedimiento por estar fuera de la jurisdicción del ilícito.

Pero lo que causa indignación y sorpresa en la opinión pública es la actuación de los jueces que le conceden al preso un beneficio para reintegrarse a la sociedad, sin las seguridades de la rehabilitación ni el seguimiento para saber qué hace cuando abandona el Penal periódicamente.

Si bien la Constitución Nacional dice que las cárceles no son para castigo exclusivamente sino que deben corregir las desviaciones de las personas, de la que se desprende el artículo 17 de la Ley 24.660, que establece las salidas transitorias en el marco de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, la concesión está perfectamente tipificada por lo que no deberían existir enfoques subjetivos de los jueces que la otorgan. O como dice el inciso IV de la ley: "Merecer del organismo técnico-criminológico y del consejo correccional del establecimiento, concepto favorable respecto de su evolución y sobre el efecto beneficioso que las salidas o el régimen de semilibertad puedan tener para el futuro personal, familiar y social del condenado".

Las arbitrariedades de los magistrados en casos de salidas transitorias son numerosas en el país y han dado lugar a pedidos de Jury por decisiones que no observaron la ley desestimando el criterio de peligrosidad o riesgo para sí o para terceros, cuando no con el sólo fin de liberar anticipadamente a presos para generar espacios libres en las cárceles. Ante las críticas de la comunidad, sensibilizada por el estado de inseguridad, el juez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Zaffaroni, advirtió el año pasado que las salidas transitorias es una etapa que va precediendo a la libertad condicional, pero hay que ver si las autorizaciones que dan a los reclusos se enmarcan en la ley.

Cuando las cuestiones ideológicas del garantismo se imponen sobre la objetividad o el sentido común, ocurren situaciones como la ocurrida en Villa Krause.